ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GH01-L-2003-000185.
PARTE ACTORA: LUIS ENRIQUE RAMOS.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LUIS FELIPE SANCHEZ.
PARTE CONDENADA: VIGILANTES 24, C.A.
APODERADO DE LA PARTE CONDENADA Y DEMANDADA: LORENA MONTOYA
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO.
Hoy, 09 DE ENERO DE 2006, SIENDO LAS 11:00 A.M., comparecen voluntariamente por ante este despacho, por la parte actora ciudadano LUIS ENRIQUE RAMOS, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.180.445, su Apoderado Judicial Abogado LUIS FELIPE SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.970, por la parte demandada VIGILANTES 24, C.A., representada por su Apoderada Judicial Abogada LORENA MONTOYA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.134, quien en nombre de su representada, proceden a dar acatamiento al mandamiento de ejecución dictado por este Tribunal en fecha 13 de Octubre de 2005 (folio 252), y se hace bajo los siguientes términos:
PRIMERO: La parte demandada VIGILANTES 24, C.A.,conviene en el pago de la cantidad condenada y contenida en el MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN de fecha 13 de Octubre de 2005 (folio 252), y a la experticia complementaria del fallo de fecha 18 de Noviembre de 2005 (folio 260), es decir, CUARENTA MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs.40.860.528,10), y entrega en este acto al Abogado LUIS FELIPE SANCHEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora LUIS ENRIQUE RAMOS,, quien a si lo recibe, un (1) cheque identificado de la siguiente manera: 1) Cta. Corriente No.01340467492120210001, 2) No.46721899, 3) Banco: BANESCO, 4) De fecha 06-01-06, por la cantidad de (Bs.40.860.528,10).
SEGUNDO: El apoderado Judicial de la parte actora Abogado LUIS FELIPE SANCHEZ, actuando en nombre de su representado y debidamente facultado para ello, ACEPTAN EL CONVENIMIENTO DE PAGO, efectuado por la empresa demandada y condenada VIGILANTES 24, C.A., a través de su apoderada judicial, ya identificada, dando por terminado el procedimiento y la acción, no quedando a deberse ningún concepto laboral por la reclamación interpuesta en la presente causa, y recibiendo en sus manos el cheque anteriormente identificados.-
TERCERO: LA HOMOLOGACION: Este Tribunal visto que con el convenimiento de pago, se cancelan todas y cada uno de los conceptos condenados y ordenados a cancelar mediante mandamiento de ejecución, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO DE PAGO DE LA PARTE DEMANDADA, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir la copias certificada de la presente acta. Se ordena el cierre del presente expediente, así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo. Líbrese oficio.
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZALEZ SOSA
POR LA PARTE ACTORA, su Apoderado Judicial
POR LA PARTE CONDENADA Y DEMANDADA, su apoderada judicial.
LA SECRETARIA
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