ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-001371
PARTE ACTORA: MANUEL JESUS BARRO CERNADAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARÍA OJEDA MUJICA
PARTE DEMANDADA: MARKEDIS SERVICES 2000, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:MANUEL JESUS BARRO CERNADAS y MARKEDIS SERVICES 2000, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 17 de enero de 2006, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que no compareció la parte actora ciudadano MANUEL JESUS BARRO CERNADAS, titular de la Cédula de Identidad No. 4.463.885, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; de igual forma, se deja constancia que no compareció por ante este Juzgado la demandada MARKEDIS SERVICES 2000, C.A., ni por medio de representante legal, estatutario o judicial alguno. . En razón que el demandante ciudadano MANUEL JESUS BARRO CERNADAS, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 y 146.
La Juez
Abg. Beatríz Rivas Artiles
La Secretaria,
Abg. Astrid González Salazar
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