REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUIICO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 31 de enero del año 2006
194º y 146
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE N° GP02-L-2005-000416
PARTE ACTORA: ENYIR ALBERTO RINCON
ABOGADO: FRANCIS ALFONZO
DEMANDADA: INVERSIONES V CORONA 2000, C.A.
APODERADO: HAYDEE MUÑOZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto que las partes en fecha 17 de enero del año 2006, celebraron transacción por ante este Juzgado en la cual se levantó acta dejándose expresa constancia que el actor demando por la cantidad de Bs. 23.179.483,19 a la empresa accionada, y la misma ofreció cancelar al accionante la cantidad de Bs. OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 8.000.000,00); y dicha suma fue cancelada en un pago en fecha 30 de enero del año 2006, mediante cheque N°- 87053288, del Banco Mercantil, por el monto de Bs.8.000.000,00, a nombre del ciudadano ENYIR RINCON, que comprende la totalidad convenida entre las partes en 17 de enero del año 2006, declarando que no tienen nada que reclamarse recíprocamente. Por cuanto la Transacción no es contraria a Derecho y versa sobre derechos disponibles a saber: 1) hay legitimidad de partes, es decir, se celebró entre demandante y demandado; y 2) no es contrario al orden público, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley le imparte su homologación a fines de que tenga fuerza de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez
YUDITH SARMIENTO DE FLORES La Secretaria,
Faridy Suárez
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 11:20 a.m.
La Secretaria,
Faridy Suárez
YSdF/Eylyn Rodríguez Rugeles-J
EXP: GP02-L-2005-000416.
|