REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

SENTENCIA DEFINITIVA

N° EXPEDIENTE: GP02-L-2005-001286.
DEMANDANTE: ALEJANDRA DAZA ARTIGAS
DEMANDADA: A.C. COLEGIO LA ESPERANZA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, treinta y uno ( 31 ) de enero del año 2006, siendo las 8:30 a.m de la mañana oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio en virtud de la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara la ciudadana ALEJANDRA DAZA ARTIGAS. Se deja constancia que la parte demandada A.C. COLEGIO LA ESPERANZA, compareció por medio de sus apoderadas judiciales abogadas SUMAYA MARTINEZ GONZALEZ y MATA NORMA, I.P.S.A N°.- 27.152 y 22.810, respectivamente. Se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, presidido por la ciudadana Juez YUDITH SARMIENTO DE FLORES, asistida por el Secretario Accidental IVAN GUEVARA TOVAR y el ciudadano Alguacil ROMULO VELASQUEZ, quedando constituido el Tribunal, se da inicio a la presente Audiencia. Se deja constancia que la Audiencia fue reproducida en forma audiovisual según lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a través de la Cámara de video Sony, Bien Nacional, aportado por el Tribunal Supremo de Justicia, para luego ser reproducida en un CD y agregada al expediente, conducida por el Técnico Audiovisual ALEXIS TOVAR. Se deja constancia que el Alguacil efectuó DOS (02) llamados en la Sala de Espera del Circuito Judicial laboral junto a la ciudadana secretaria FARIDY SUAREZ, no encontrándose presente la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que ante la incomparecencia de la parte actora este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, de conformidad con el artículo 151 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.

PUBLIQUESE. REGISTRESE, Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los TREINTA Y UN (31) días del mes de ENERO del año 2006. Año 194° de la Independencia y 146° de la federación.

YUDITH SARMIENTO ROSALES DE FLORES
LA JUEZ
La Secretaria
Faridy Suárez

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia siendo la 10:35 a.m
La Secretaria
Faridy Suárez
EXPEDIENTE N°- GP02-L-2005-001286
YSdF/ Eylyn Rodríguez Rugeles-J