TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 25 de Enero de 2006
195º y 146º
Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE REGIMEN DE VISITAS y sus recaudos presentados en fecha 20-01-06 por la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo, actuando en defensa e interés del (la) (los) Niño (a) (os) y/o Adolescente (s): CLEIDERMAN ANTONIO RIVERO AGUILAR. Désele entrada. Anótese en los libros correspondientes y se admite cuanto ha lugar en derecho. Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 06-11-05, en presencia de la ciudadana Defensora, suscrita por los ciudadanos ENDER ANTONIO RIVERO FLORES y ROSA ELENA AGUILAR GOMEZ, Titulares de la Cédula de Identidad N° V-14.491.671 y V-13.962.419 respectivamente. Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Juez Unipersonal N° 3 de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia PRIMERO: El padre, Ciudadano ENDER ANTONIO RIVERO FLORES, buscará a su hijo desde las 12:00 m y lo regresará a las 04:00 p.m., del mismo día, los días domingo de cada semana. SEGUNDO: La progenitora, Ciudadana ROSA ELENA AGUILAR GOMEZ acepta y conviene en lo anterior.- CUMPLASE. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo.
LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION
DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ
LA SECRETARIA,
Abog. ADELA CARRASCO BARRETO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-31.853.-
LA SECRETARIA
EXP. N° C-31.853.-
MPV/jdp.
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