REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO : KP02-M-2002-000215
Visto el desistimiento suscrito por el Abg. RAMON I. ZUBILLAGA GUILLEN en su carácter de apoderado judicial del BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO) intentado contra la compañía “LA NOTA DEL CELULAR, C.A. y su avalista WENCESLAA COROMOTO SUAREZ, el tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se acuerda devolver el pagaré y dejar copia certificada en su lugar una vez sea consignado copia del mimo. Archívese el expediente.
LA JUEZ

EL SECRETARIO ACC.
ABG. TANIA MARIA PARGAS CANELON


ABG. ROGER JOSE ADAN













TMPC/RJAC/sosa.