REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: KP02-S-2005-000642
La ciudadana ALEJANDRA RODRÌGUEZ MASI, venezolana, soltera, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-16.322.093, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de la solicitante ALEJANDRA RODRÌGUEZ MASI, ya que por error asentaron el nombre de su madre como JUANA ROSSANA MASI DE RODRIGUEZ, siendo lo correcto “GIOVANNA ROSSANA MASI ESPOSITO DE RODRIGUEZ”.- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
“UNICO”: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante ALEJANDRA RODRÌGUEZ MASI, ya que por error asentaron el nombre de la madre de la solicitante como JUANA ROSSANA MASI DE RODRIGUEZ, siendo lo correcto “GIOVANNA ROSSANA MASI ESPOSITO DE RODRIGUEZ”.- En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCIÒN, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO Nº 5221, Folio 336 Fte. Año 1983. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los trece días del mes de febrero del dos mil seis. Años: 195° y 146°.
La Juez, El Secretario Acc.,
Abg. Tania M. Pargas Canelòn. Abg. Roger José Adàn Cordero
Seguidamente se oficio bajo los Nº 0900-338 y 0900-339.-
TMPC/RJA/Agcg.-
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