REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-017493
La ciudadana AGRIPINA DEL CARMEN PEREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 10.121.608 manifestó estar separada de su cónyuge EGIDIO JOSE MENDEZ ARROYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.570.267, y de este domicilio, desde hace más de cinco (5) años por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 10-01-2006, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, se acordó la citación, la cual fue lograda en forma personal. En fecha 20-01-2006, se realizó el Acto de Contestación. Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vinculo que contrajeran los ciudadanos AGRIPINA DEL CARMEN PEREZ y EGIDIO JOSE MENDEZ ARROYO ya identificados, por ante la Jefe Civil de la Parroquia Humocaro Bajo Municipio Moran del Estado Lara, en fecha 14 de Mayo de 1982. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.-
En Barquisimeto, a los trece días del mes de Febrero de dos mil seis. Años: 195° y 146°
LA JUEZ EL SECRETARIO
(FDO) (FDO)
ABOG. TANIA MARIA PARGAS CANELON. ABOG. ROGER JOSE ADAN
Publicada en su fecha a las 10:00, a.m.
TMPC/RJA/sosa.
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR, LA CUAL ES TRASLADO FIEL DE SU ORIGINAL. FECHA UT-SUPRA.
EL SECRETARIO