REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 16 de febrero de 2006
195° y 146°

Por presentado el anterior escrito de solicitud de DIVORCIO 185-A, por los ciudadanos LETICIA COROMOTO MONTILLA RAMONIS y ESTEBAN JOSÉ AGUILAR OLIVEROS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.939.742 y V-6.881.257 respectivamente, ambos de éste domicilio, debidamente asistidos en este acto por la Abogado MONICA MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° V-13.194.747, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.875, por DIVORCIO 185-A, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Emplácese a las partes para que comparezcan por ante éste Tribunal dentro del tercer día de despacho siguiente después de admitida, para que ratifiquen o nó el contenido de la referida solicitud. Cítese al Fiscal del Ministerio Público para que concurra por ante éste Tribunal dentro del décimo día siguiente de despacho, después de citado y manifieste lo que crea conveniente sobre la solicitud, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil. Expídase copia certificada y líbrese Boleta.
LA JUEZ,


ABG. ROSA MARGARITA VALOR P.
LA SECRETARIA,

ABG. LEDYS ALIDA HERRERA RONDON
Se le dio entrada bajo el N° 52.082. Se libró Boleta.

LA SECRETARIA,

ABG. LEDYS ALIDA HERRERA RONDON
Marisabel.-