REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 22 de febrero del 2.006
195º y 147º
Exp. Nº 5.301.-
Vista la diligencia de fecha 31 de enero del 2.006, suscrita por el abogado PEDRO BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.709, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ESTACION DE SERVICIO EL RETOÑO, C.A., parte actora en el presente juicio; en la cual anuncia recurso de casación contra la sentencia dictada por este Tribunal, el 12 de agosto del 2.005, la cual salió fuera de lapso, ordenándose la notificación de las partes, practicándose la primera de ellas en la persona del abogado LUIS ALBERTO MADURO HERNANDEZ, en su carácter de apoderado judicial de los demandados, ciudadanos LUIS ALBERTO GIRON RODRIGUEZ y ANA ELENA PEREZ, según diligencia consignada por el Alguacil de este Juzgado el 23 de enero del 2006; y la segunda de ellas en la persona del abogado PEDRO BRITO, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ESTACION DE SERVICIO EL RETOÑO S.R.L., según diligencia consignada por el Alguacil de este Juzgado el 23 de enero del 2006; por lo que desde ese día, exclusive, hasta el día 21 de febrero del 2.006, inclusive, transcurrieron los diez (10) días de despacho para anunciar el recurso de casación, el cual fue anunciado el 31 de dicho mes, es decir, dentro del lapso legal, y que hoy es el primer día de despacho siguiente para pronunciarse sobre el mismo, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 315, del Código de Procedimiento Civil ADMITE dicho recurso.
De conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 205 ejusdem, se conceden dos (2) días de término de distancia, contados a partir de la presente fecha.
Remítase el presente expediente a la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese y déjese copia.
El Juez Suplente Especial,
Abog. FRANCISCO JIMENEZ DELGADO
La Secretaria,
MILAGROS GONZALEZ MORENO
En la misma fecha, se remite constante de quinientos cuarenta y cuatro (544) folios útiles, mediante Oficio N°_092/06.-
La Secretaria,
MILAGROS GONZALEZ MORENO