Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZALEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.430, de la nomenclatura archivar de este Tribunal. Horas de despacho del día de hoy dos (02) de Febrero del año dos mil seis, siendo las 10 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar el ACTO DE VENTA de los bienes muebles Embargados y en calidad de deposito judicial necesario, objeto del proceso de venta instado por la Sociedad de Comercio DEPOSITARIA JUDICIAL CARABOBO C.A., (ANTES S.R.L.), y autorizado por el JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en el juicio seguido por la Abogada NANCY VARGAS apoderada judicial de la ciudadana BEGOÑA OCANDO contra LUIS FERDINANDO RODRIGUEZ. por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, Expediente 525 que cursa por ante ese Juzgado. Seguidamente este Tribunal de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 565 del Código de Procedimiento Civil fija como monto de la caución que deben prestar los postores la cantidad de SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 771.000,00), que representa el treinta por ciento (30%) del justiprecio dado a los bienes muebles. Presente la ciudadana LENIS MARQUEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad personal número 4.131.793, en su carácter de Representante Judicial de la Sociedad de Comercio DEPOSITARIA JUDICIAL CARABOBO C.A., y expone: “En nombre de mi representada ofrezco como caución la suma de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON 07/100, (Bs. 4.468.496,07), la cual representa los derechos y gastos que se le adeudan a mi representada por concepto de EMOLUMENTOS, TASAS, GASTOS DE SEGURO, GASTOS ADMINISTRATIVOS, HONORARIOS PROFESIONALES, PUBLICACIONES, PERITAJE Y LA ALICUOTA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, los cuales constan en los Estados de Cuenta previamente consignados y que corren a los autos del presente expediente. A continuación el Tribunal fija la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1.286.500,00), por ser esta la mitad del justiprecio de los bienes muebles objeto del presente procedimiento de venta y es la misma que deben ofrecer los postores. El Tribunal fija un lapso de treinta (30) minutos a objeto de oír las posturas y deja constancia que siendo las 10:15 a.m., hora ésta en que comienza el lapso de propuestas de compra. Seguidamente la representante judicial de la Depositaria ofrece adquirir los bienes muebles objetos de esta venta debidamente identificados en el UNICO CARTEL DE VENTA que corre a los autos y para ello ofrece la cantidad de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON 07/100, (Bs. 4.468.496,07), representado en los gastos y derechos adeudados, los cuales constan en los Estados de Cuentas consignados y que corren a los autos. Transcurrido el lapso fijado por el Tribunal para hacer posturas y no existiendo otra propuesta que la realizada por la representante judicial de la sociedad de Comercio DEPOSITARIA JUDICIAL CARABOBO C.A., dejando constancia de no haberse presentado otro postor, adjudica en plena propiedad y posesión a la referida Sociedad de Comercio DEPOSITARIA JUDICIAL CARABOBO C.A., los siguientes Bienes Muebles: 1.- Un (01) juego de comedor en madera compuesto por una mesa y seis sillas con cojines en colores verde, rojo, blanco y azul, bastante sucios. 2.- Un (01) ceibó en madera compuestos de 4 entrepaños, 5 puertas y 3 gavetas, usado. 3.- Un (01) equipo de sonido marca AIWA, modelo CX-ZR525U, serial DNC129, con sus respectivas cornetas, marca AIWA, modelo SX-ZR525, seriales, E971126 Y E971001, usado con su mesa en madera de 5 entrepaños y 2 puertas, usada. 4.- Un (01) plato para música, marca AIWA, modelo PX-E850U, serial BX0923, usado. 5.- Una (01) mesa pequeña en madera, en forma redonda, usada. 6.- Una (01) mesa pequeña en rattan y tope de vidrio, usada. 7.- Un (01) juego de muebles en madera compuesto por un mueble de 3 puestos y 2 poltronas todos con cojines en color rojo, verde, gris y azul; con su mesa de centro en madera y tope de vidrio, usado. 8.- Una (01) silla telefonera de hierro y madera, compuesto de 3 entrepaños, usada. 9.- Una (01) rinconera en hierro y madera, de 3 entrepaños, usada. 10.- Una (01) morocha (Lavadora y Secadora) marca ADMIRAL, modelo secadora DSA-65EA, serial 60301125, modelo lavadora DLA-65EA, serial V96014760, usada. 11.- Una (01) nevera marca CONDESA, de 2 puertas, modelo MAD 15 AM, serial 596015626, usada. 12.- Un (01) televisor marca FISHER, sin serial, ni modelo, visibles, ni aparentes, usado. 13.- Una (01) peinadora en material de hierro y madera, sin espejo, de 5 gavetas, usada, con su silla en el mismo material, usada. 14.- Una (01) mesita pequeña en hierro y madera de 1 gaveta, usada. 15.- Un (01) estante pequeño en madera, de 1 entrepaño y 2 puertas, usado; 16.- Una (01) andadera marca JONSON, sin serial, ni modelo visibles, usada. 17.- Un coche marca CENTURY, modelo 11-181BTK, DATO 95.11L, color azul, muy usado. 18.- Un (01) porta-bebe para vehículo marca CENTURY, sin serial, ni modelo visibles, muy usado. 19.- Una (01) mesa de planchar, muy usada. 20.- Una plancha marca GENERAL ELECTRIC, modelo 478J, usada. 21.- Un (01) Box-spring con su colchón ONDAFLEX, usado. 22.- Un (01) Box-spring con su colchón, usado. 23.- Un (01) chifonier en madera compuesto de 5 gavetas, colores azul, verde, rosado y morado, muy usado. 24.- Una (01) cesta de ropa, color verde, muy usada. 25.- Un (01) pipote en plástico conteniendo juguetes, usados. 26.- Una (01) cajita pequeña conteniendo 2 figuras en yeso, usadas.; 27.- Una cesta de lona conteniendo ropa sucia y usada. 28.- Cinco (05) cuadros de pinturas (2 grandes y 3 pequeños), usados. 29.- Una (01) cuna par bebes en formica bastante usada, con su respectivo colchón, con un solo lado de barandas.; 30.- Venticinco (25) cajas conteniendo enseres de cocina, enseres personales, ropa sucia y limpia, juguetes, fotos, álbumes y portarretratos, usados. 31.- Diecinueve (19) bolsas conteniendo enseres de cocina, enseres personales, ropa sucia y limpia, juguetes, adornos y papeles varios, usados. 32.- Una cajita de gamuza roja conteniendo 2 relojes CASIO Y 1 CALVIN BILL de caballero, bastante usados, de colores amarillo y gris, 1 de esfera blanca, otro esfera negra y una bastante manchada; 1 tarjeta de crédito de UNITED BANK, usada y vencida, Bs.685,00 en billetes; 13 fichas de juego de Yamin Family Center. En este estado la abogada LENIS Y. MARQUEZ GARCIA, antes identificados, expone: “Vista la adjudicación que se le hace a mi representada solicito de este Tribunal se me expida copia fotostática certificada de la presente acta; igualmente se sirva oficiar lo conducente a la DEPOSITARIA JUDICIAL CARABOBO C.A. En este estado el Tribunal acuerda expedir la copia certificada en fotostáto solicitada, así como oficiar lo conducente. Expídase el oficio respectivo. Igualmente se deja constancia que no se presentó postor alguno, así como tampoco ninguna de las partes que conforman el presente juicio ni por si, ni a través de apoderado judicial alguno.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. JUEZ SUPLENTE ESPECIAL DRA. EVELYN DEL VALLE GONZALEZ (Fdo); REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL CFdo) y LA
SECRETARIA ABOG. YULIMAR FONSECA ..……………………………………….