JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 16 de Febrero de 2006
193º y 144º

Por recibida la presente demanda junto con los recaudos que le acompañan, en fecha 13 de Febrero de 2006. Désele entrada, fórmese Expediente y anótese en el Libro respectivo. Se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la Solicitud de OBLIGACION ALIMENTARIA, presentada por la ciudadana: MILDRED YUBISAY BETANCOURT DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.779.466, debidamente asistida en este acto por el Abogado ARMANDO JOSE SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 54.691, actuando con el carácter de madre y representante legal del niño: OMITE, en contra del JOSE ANIBAL PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 11.795.114, ubicado en Mision arriba carrera 04, entre Calle 04 y 05, Calabozo, estado Aragua, Empresa CM Los Llanos (detrás del seguro Social, antiguo deposito de café), En consecuencia, este Tribunal acuerda citar al mencionado ciudadano de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos la Citación, mas TRES DIAS QUE SE LE CONCEDE COMO TERMINO DE LA DISTANCIA, a los fines de dar CONTESTACION a la Demanda, en las horas fijadas en la Tablilla de este Tribunal para Despachar, es decir de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., indicándole a las partes que el día de la comparecencia del Demandado, el Juez instará a las mismas a la CONCILIACION a las 09:00 de la mañana, de conformidad con lo previsto en el Artículo 516 Ejusdem, en concordancia con el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena librar Oficio a la Empresa donde trabaja CM LOS LLANOS, C.A., ubicado en Mision arriba carrera 04, entre Calle 04 y 05, Calabozo, estado Aragua, a los fines de dar cumplimiento a la Retención del sueldo, salario o cualquier remuneración que perciba el ciudadano: JOSE ANIBAL PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 11.795.114, y por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 200.000,oo), mensuales por concepto de Pensión Alimentaria. De no llegar las partes a algún acuerdo, se continuará con el Procedimiento Especial contemplado en el Título IV, Capitulo VI, Artículo 511 de la Mencionada Ley. De conformidad con lo establecido en el Artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerdan las Medidas de Embargo del CINCUENTA (50%) POR CIENTO de las Prestaciones Sociales y del TREINTA (30%) POR CIENTO de las Utilidades y Bonificaciones de fin de año que le corresponden al demandado. Solicítese Constancia de Sueldo y Salario Actualizado. Notifíquese al FISCAL SUPERIOR DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO CARABOBO, a los fines de que tenga conocimiento del presente Demanda. En virtud de que el demandado esta domiciliado en la ciudad de Calabozo, el Tribunal acuerda librar EXHORTO AL JUZGADO DE LOS MUNICIPIO SAN FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, y se designa como CORREO ESPECIAL, a la ciudadana MILDRED YUBISAY BETANCOURT DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.779.466, por asi haberlo solicitado, a los fines de que se sirva practicar la citacion del ciudadano JOSE ANIBAL PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 11.795.114, ubicado en Mision arriba carrera 04, entre Calle 04 y 05, Calabozo, estado Aragua, Empresaa CM Los Llanos (detrás del seguro Social, antiguo deposito de café), Haciendole saber que, el lapso para la celebración del Acto Conciliatorio y Contestación de la Demanda, comenzará a computarse a partir del momento que conste en autos la Citación del demandado y del Fiscal Superior. Líbrese Boleta de Citación, Exhorto y Oficios
El Juez Titular


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART


La Secretaria Titular


Abg. MARIAJOSE BLANCHARD M .

En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se libraron Oficios No. 22-107-44-161-06, a la EMPRESA CM LOS LLANOS No. 22-107-44-162-06, Fiscal Superior del Ministerio Publico del Estado Carabobo y No. 22-107-44-163-06, EXHORTO AL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
La Secretaria Titular

EXP. Nº 596-06
ALA/MBM/Jhonny