REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de Puerto Cabello
Puerto Cabello, 9 de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : GK11-P-2002-000012
ASUNTO : GK11-P-2002-000012

Visto el contenido del escrito que antecede presentado por el penado- residente PEDRO EMILIO BASSO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 7.154.995, mediante el cual solicita se le realice otro cómputo de pena a los fines de de optar a un nuevo beneficio, a tal efecto se observa:

El mencionado penado fue Condenado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de esta Extensión Judicial en fecha 22-07-2003, a cumplir la Pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE Y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 407 y 278 del Código Penal, y a las penas accesorias previstas en el artículo 13 Ejusdem.

Mediante auto de fecha 10-10-2005 (folios 795 al 797) 4ta. Pieza, cuando le fue acordado la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada Régimen Abierto; se dejó establecido que tenía un tiempo de pena cumplida de CAUTRO (04) AÑOS, ONCE (11) MESES Y NUEVE (09) DIAS, los que sumados al tiempo que va desde el 11-10-2005 a la presente fecha de TRES (03) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS, suman un total de CINCO (05) AÑOS DOS (02) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS de pena cumplida; faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y TRES (03), tiempo éste inferior a SEIS (06) AÑOS, para optar a la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada Libertad Condicional, es decir, las dos terceras (2/3) partes de pena cumplida. Queda de esta forma actualizado el cómputo de fecha 10 de octubre de 2005 realizado por este Despacho. Notifíquese al penado a la Defensa y a la ciudadana Fiscal de Ejecución de Sentencias. Cúmplase.


EL JUEZ DE EJECUCIÓN,

PEDRO JOSE NOGUERA TERAN.


LA SECRETARIA,

ABG. ISLEY MORENO.