TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 14 de Febrero de 2006
195º y 146º

Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE REGIMEN DE VISITAS y sus recaudos presentados en fecha 13-02-06 por la Defensoría del Niño y del Adolescente del Municipio Guacara del Estado Carabobo, actuando en defensa e interés del (la) (los) Niño (a) (os) y/o Adolescente (s): YENNIFER ALEJANDRA HERNANDEZ RUIZ. Désele entrada. Anótese en los libros correspondientes y se admite cuanto ha lugar en derecho. Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 20-10-05, en presencia de la ciudadana Defensora, suscrita por los ciudadanos KEYLA YUNAYBE RUIZ CASTILLO y WILLIAM JESUS HERNANDEZ ALVAREZ, Titulares de la Cédula de Identidad N° V-16.152.862 y V-15.949.328 respectivamente. Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Juez Unipersonal N° 3 de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia PRIMERO: El Padre, Ciudadano WILLIAM JESUS HERNANDEZ ALVAREZ podrá ver a la niña el día que esté libre después de las 07:00 p.m., y los días festivos serán acordados entre las partes SEGUNDO: La progenitora, Ciudadana KEYLA YUNAYBE RUIZ CASTILLO acepta y conviene en lo anterior.- CUMPLASE. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la Defensoría del Niño y del Adolescente del Municipio Guacara del Estado Carabobo.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


Dra. MAGALY PEREZ VELASQUEZ

LA SECRETARIA


Abog. ADELA CARRASCO BARRETO





En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-32.199.-

LA SECRETARIA

EXP. N° C-32.199.-
MPV/jdp.