REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA
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CIRCUITO JUDICIAL PENAL SECCIÓN ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES CONTROL
Guanare 10 de julio del 2006.
196° y 146
2C-297-06
Visto el oficio emanado del Centro de Formación Integral (V) de esta ciudad de Guanare y suscrito por el ciudadano Director Abg. Floiran Torres en donde participa que el día miércoles 5 de Julio del 2006, a las 10:40 AM aproximadamente, se evadió del referido centro institucional el adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, a quien se le sigue causa por ante este tribunal por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, ROBO AGRAVADO Y LESIONES INTENCIONALES LEVES, en perjuicio del ciudadano RIVERO TORO ANTONIO, en tal sentido es por lo que este tribunal hace los siguientes pronunciamientos:
Visto lo expuesto por el ciudadano director del centro de Formación Integral de esta ciudad de Guanare y visto el incumplimiento de las obligaciones fijadas por este tribunal al adolescente VARGAS RONAL JOSE, es por lo que este tribunal, procediendo conforme a las disposiciones previstas en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, lo Declara en Rebeldía y ordena su inmediata ubicación con los órganos de Policiales del Estado Portuguesa, una vez lograda esta deberá ser puesto a la orden de este tribunal a los fines legales consiguientes.
En tal sentido es por lo que este tribunal de Control del Sistema de Responsabilidad del adolescente, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EN REBELDIA AL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY Y ORDENA SU INMEDIATA UBICACIÓN conforme a lo previsto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección al Niño y Adolescente. Pronunciamiento que se dicta en la Ciudad de Guanare a los diez días del mes de julio del dos mil seis.
Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Líbrese las correspondientes boletas de ubicación a los órganos policiales del Estado Portuguesa.
LA JUEZ DE CONTROL 2
ABG ROSANNA PIRELLI MARTINEZ
LA SECRETARIA
ABG HILDA ROSA RODRIGUEZ