ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001702
ASUNTO : RP01-P-2006-001702

Vista la solicitud formulada por la Abg. JENNY RAMIREZ, en su carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público, quien pidió sea decretada libertad plena del ciudadano RANIEL DAVID SALAZAR SANCHEZ, portador de la cédula de identidad No. 17.214.404, por considerar que no existen elementos serios para hacerle una imputación criminal y solicitarle medida de coerción personal, a pesar de haber sido aprehendido por Funcionarios de la Guardia Nacional el día 13 de julio de 2006, a las ocho de la noche, en la población de Mariguitar, cuando se encontró según la versión de los funcionarios, en la guantera del vehículo automotor donde se trasportaba, un arma de fuego tipo revolver, calibre 7.65. y puesto a la orden de esa fiscalía, este Tribunal observa que en efecto el referido ciudadano, fue puesto a la Orden de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, por funcionarios de la Guardia Nacional, que intervinieron en una revisión de un vehículo automotor, donde viajaba el ciudadano mencionado y en cuya guantera según ellos, se encontró un arma de fuego, pero lo cierto es que no hay testigo alguno ni ningún otro elemento de convicciónque corrobore la versión de los hechos o que vincule al ciudadano mencionado con la comisión de algún hecho punible, por lo que resulta ajustado a derecho y a los hechos narrados, la solicitud fiscal y, en consecuencia, debe ser declarada con lugar y así se decide.

Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Sexto de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de libertad plena a favor del ciudadano RANIEL DAVID SALAZAR SANCHEZ y en consecuencia ordena su libertad inmediata, una vez impuesto de la solicitud fiscal y de la presente decisión. Remítase las actuaciones al Ministerio Público.
El Juez

Abg. Juan Chirino Colina
La Secretaria

Abg. Rosa María Marcano