CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESATDO SUCRE
EXTENSIÓN CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL ADOLESCENTES


Carúpano, 29 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2006-000145
ASUNTO: RP11-D-2006-000145


MANDATO DE CONDUCCIÓN

Visto el escrito presentado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público Abg. Moraima Goyo, en el que en su contenido hace la solicitud de un Mandato de conducción contra la adolescente OMISSIS, en virtud de que la referida ciudadana adolescente ha sido notificada en varias oportunidades a los fines d e que compareciera a la Fiscalia Sexta del Ministerio Público, y la misma ha hecho caso omiso a las citaciones, por lo que su actitud reticente y negativa a la comparecencia, hace que este Tribunal Primero de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley se decrete MANDATO DE CONDUCCIÓN, de conformidad con lo establecido en el articulo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, por aplicación del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, contra la referida adolescente a los fines de que se le imponga de la investigación penal que se le sigue en su contra. Librese oficio al CICPC a los fines de que la ubique y haga comparecer ante la Fiscalia sexta del Ministerio Público. Cúmplase.

La Jueza Primero de Control (1)

El Secretario

Abg. María Vázquez Farias Abg. Laimalia Moya