REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA
Caracas, ____________ ( ) de ___________ de 2006
196° y 147°
I
En fecha 14 de enero de 2005, se dio por recibido en la Unidad de Recepción y Distribución Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, el Oficio Nº 3388 de fecha 13 de septiembre de 2004, emanado de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados Aníbal José Perales Aguilar y Francisco José Perales Wills, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 4.038 y 61.765, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano HÉCTOR OMAÑA SILVA, titular de la cédula de identidad Nº 3.052.282, contra la UNIVERSIDAD CENTRO OCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO.
Tal remisión se efectuó, en virtud de la sentencia dictada por la referida Sala el 31 de agosto de 2004, mediante la cual declaró a las Cortes de lo Contencioso Administrativo competentes para conocer el recurso interpuesto.
El 12 de abril de 2005, se dio cuenta a la Corte y, se ordenó pasar el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que se pronunciara sobre la admisibilidad del recurso.
El 20 de marzo de 2005, el Juzgado de Sustanciación admitió la acción y ordenó practicar la notificación del Rector de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado y del Fiscal General de la República.
En fecha 19 del octubre de 2005, se constituyó la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo quedando conformada de la siguiente manera: JAVIER TOMÁS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, Juez Presidente; AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA, Juez Vicepresidente y NEGUYEN TORRES LÓPEZ, Juez.
En fecha 24 de enero de 2006, se libró el cartel de notificación previsto en el artículo 21 aparte 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y, el 14 de febrero del mismo año, el apoderado judicial del recurrente consignó ejemplar del Diario “El Nacional” de esa fecha en el que aparece publicado el mencionado cartel.
El 14 de marzo de 2006, se fijó el lapso de promoción de pruebas, el cual venció, sin que las partes promovieran prueba alguna.
El 23 de marzo de 2006, el Juzgado de Sustanciación acordó pasar el expediente a la Corte para la continuación del procedimiento, siendo recibido el 31 del mismo mes y año. Por auto de la misma fecha, la Corte se abocó al conocimiento de la presente causa, reasignándose la ponencia a la Juez AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.
En fecha 17 de abril del mismo año, se dio cuenta a la Corte y, por auto separado de la misma fecha se fijó el 3° día de despacho siguiente para el inicio de la primera etapa de la relación de la causa.
El 10 de mayo de 2006, la abogada Alicia Jiménez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 22.977, en su condición de representante del Ministerio Público consignó opinión de la Institución que representa.
En fecha 11 de mayo del mismo año, se fijó el día 12 de junio de 2006, para que tuviera lugar el acto de informes, de conformidad con lo establecido en el artículo 19, aparte 8 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y, en dicha oportunidad se dejó constancia de que sólo los apoderados judiciales del recurrente consignaron su escrito, asimismo, se dejó constancia que la otra parte no compareció.
El 15 de julio de 2006, la Corte dijo “Vistos”.
II
Ahora bien, correspondería a esta Corte en esta oportunidad emitir la decisión del fondo del asunto, sin embargo constata en autos la ausencia d los documentos necesarios para resolver el fondo de la controversia y, en tal sentido, en ánimo de emitir una sentencia ajustada a derecho, resulta forzoso dictar el presente auto para mejor proveer, a los fines de que se oficie a la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado y a la Empresa Universitas de Seguros, C.A., con el objeto de que remitan a este Órgano Jurisdiccional, el Reglamento del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado y, los Estatutos Sociales de la Empresa Universitas de Seguros, C.A., respectivamente. Dichas normativas deben ser remitidas dentro de un lapso de cinco (5) días de despacho contados a partir de la fecha en que conste en autos las notificaciones correspondientes, más el respectivo término de la distancia, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 21, aparte 13 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.
Publíquese, regístrese. Cúmplase lo ordenado.
El Presidente,
JAVIER TOMÁS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ
La Vicepresidente-Ponente,
AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA
La Juez,
NEGUYEN TORRES LÓPEZ
El Secretario Accidental,
EMILIO ARTURO MATA QUIJADA
Exp. AP42-N-2005-000049
AGVS