JUEZ PONENTE: NEGUYEN TORRES LÓPEZ
EXPEDIENTE N° AP42-R-1982-002201

En fecha 27 de marzo de 1982, se dio por recibido en esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo oficio N° 20702 de fecha 24 de febrero de 1982, mediante el cual el extinto Tribunal de la Carrera Administrativa remitió el expediente contentivo del recuso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada ALICIA LOROÑO DE MEDINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el N° 1586, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana CLARA DAYAR DE GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad N° 5884.859, contra el acto administrativo contenido en la comunicación N° 110 de fecha 16 de enero de 1980, emanada de la Dirección de la Oficina de Administración de Personal del MINISTERIO DE SANIDAD Y ASISTENCIA SOCIAL (hoy MINISTERIO DE SALUD), mediante el cual el referido ciudadano fue destituido del cargo de Contabilista II.

Tal remisión se realizó en virtud de la apelación interpuesta en fecha 2 de febrero de 1982 por la abogada ALICIA LOROÑO DE MEDINA, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, contra la sentencia dictada por el referido Tribunal en fecha 1 de febrero de 1982 mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto.

El 30 de marzo de 1982 se designó Ponente al Magistrado Vinicio Bracho Vera y se fijó la décima audiencia para comenzar la relación de la causa.

En fecha 26 de abril de 1982, compareció ante la Secretaría de esta Corte la abogada ALICIA LOROÑO DE MEDINA, consignando escrito de fundamentación de la apelación interpuesta.

El 27 de abril de 1982 se dio inicio al lapso de cinco audiencias para la contestación de la apelación, venciendo el mismo el día 18 de mayo de 1982.

En fecha 19 de mayo de 1982, se abrió el lapso para la promoción de pruebas, venciendo el 26 de mayo de 1982.

El 27 de mayo de 1982 se fijó la décima audiencia para el acto de informes de conformidad con el artículo 166 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

El 15 de junio de 1982, en la oportunidad fijada para el acto de informes, ante la incomparecencia de las partes se dijo “Vistos”.

Mediante auto de fecha 22 de mayo de 2002, vista la inactividad de las partes desde la fecha en que se dijo “vistos”, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, “…conforme al criterio acogido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 1° de junio de 2001…”, ordenó notificar al actor, de la manera prevista por el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, para que compareciera dentro de diez (10) días de despacho a fin de que manifestara su interés en que se dictara sentencia en la presente causa, con la advertencia de que la falta de comparecencia haría presumir la pérdida de interés, declarándose en consecuencia extinguida la acción.

El 4 de diciembre de 2002, se agregó al expediente el cartel de notificación librado a la ciudadana CLARA DAYAR DE GARCÍA.

En fecha 19 de octubre de 2005, se reconstituyó la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, la cual quedó integrada de la siguiente manera: JAVIER TOMÁS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, Juez-Presidente, AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA, Juez Vicepresidente y NEGUYEN TORRES LÓPEZ, Juez.

En fecha 29 de junio de 2006, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, reanudándose la misma una vez transcurrido el lapso previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil y se reasignó la ponencia a la Juez NEGUYEN TORRES LÓPEZ.

I
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR

En primer lugar, se observa en el expediente judicial el auto de fecha 22 de mayo de 2002, mediante el cual esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del criterio sostenido mediante sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el 1° de junio de 2001, vista la inactividad de las partes desde el 15 de junio de 1982, fecha en la cual se dijo “vistos”, se ordenó notificar a la parte actora de conformidad con la manera prevista en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, para que compareciera dentro del lapso de diez (10) días de despacho a fin de que manifestare su interés en que fuese dictada la sentencia respectiva en la presente causa, advirtiéndose que la falta de comparecencia haría presumir la pérdida de su interés, declarándose en consecuencia la extinción de la acción.

Ahora bien, al folio 285 del expediente se observa nota de Secretaría de fecha 4 de diciembre de 2002, mediante la cual se deja constancia de la consignación del cartel de citación publicado en la página N° 3-17 del diario El Universal de su edición del 27 de noviembre de 2002.

Sin embargo, no consta que desde la citada actuación hasta la presente fecha, la parte actora haya comparecido por si o por medio de apoderado judicial a impulsar el proceso, trascurriendo un lapso mayor de tres (3) años de inactividad que denota desinterés en la causa, en consecuencia, considera procedente declarar extinguida la acción, y así se declara.

III
DECISIÓN

Por las razones antes expuestas esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide y declara:

1.- EXTINGUIDA LA ACCIÓN en la apelación interpuesta en fecha 2 de febrero de 1982 por la abogada ALICIA LOROÑO DE MEDINA, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana CLARA DAYAR DE GARCÍA, contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Carrera Administrativa en fecha 1 de febrero de 1982 mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la referida abogada contra el acto administrativo contenido en la comunicación N° 110 de fecha 16 de enero de 1980, emanada de la Dirección de la Oficina de Administración de Personal del MINISTERIO DE SANIDAD Y ASISTENCIA SOCIAL (hoy MINISTERIO DE SALUD), mediante el cual el referido ciudadano fue destituido del cargo de Contabilista II.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los ________________ días del mes de ____________ de dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

El Juez Presidente,




JAVIER TOMÁS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ




La Juez Vice Presidenta,



AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA


La Juez,



NEGUYEN TORRES LÓPEZ
Ponente



El Secretario Accidental,



EMILIO ARTURO MATA QUIJADA



Exp. N° AP42-R-1982-002201
NTL/