REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA

Caracas, dieciocho (18) de julio de 2006
Años 196° y 147°

En fecha 6 de octubre de 2004, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo el Oficio N° 0181 de fecha 9 de marzo de 2004, emanado del Juzgado Superior Segundo de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados Carlos Alberto Pérez y Stalin Rodríguez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 8.067 y 58.650, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana DILIA MARÍA RIVERA ESLAVA, portadora de la cédula de identidad N° 1.629.213, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI).

La anterior remisión se realizó en virtud de la apelación interpuesta por el abogado Jhonny Rotondaro Ojeda, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 17.959, actuando en su carácter de apoderado judicial del Instituto Nacional de la Vivienda, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior el 4 de febrero de 2004, que declaró parcialmente con lugar la querella interpuesta.

Por auto de fecha 1° de febrero de 2005, se dio cuenta a la Corte, se designó ponente al Juez Jesús David Rojas Hernández, y se fijó el décimo quinto (15) día de despacho siguiente para comenzar la relación de la causa.

Posteriormente en fecha 8 de marzo de 2005, la abogada Reinara Villaroel, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.232, actuando en representación del ente querellado, consignó escrito de formalización de la apelación interpuesta.

En fecha 13 de abril de 2005, vencido el lapso de promoción de las pruebas, sin que ninguna de las partes hiciera uso del mismo, se fijó la oportunidad para que tuviera lugar el acto de informes.

En fecha 3 de mayo de 2005, oportunidad fijada para que tuviera lugar el acto de informes se dejó constancia de la comparecencia del abogado Carlos Alberto Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 8.067, quien presentó su exposición oral, y seguidamente consignó escrito de conclusiones, asimismo, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte accionada.

En fecha 4 de mayo de 2005, vencido el lapso de presentación de informes se dijo “Vistos”, y se fijó el lapso de sesenta (60) días continuos siguientes para dictar sentencia en la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 521 del Código del Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 19, aparte 1° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

En fecha 10 de mayo de 2005, se pasó el expediente al Juez Ponente.

El 13 de octubre de 2005, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia designó como Jueces de esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, a los ciudadanos Ana Cecilia Zulueta Rodríguez, Alejandro Soto Villasmil y Alexis José Crespo Daza, quienes fueron juramentados el día 18 del mismo mes y año.

En fecha 19 de octubre de 2005, se reconstituyó la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, quedando integrada su Junta Directiva de la siguiente manera: Ana Cecilia Zulueta Rodríguez, Presidenta; Alejandro Soto Villasmil, Vicepresidente; y, Alexis José Crespo Daza, Juez.

Por auto de fecha 9 de diciembre de 2005, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa, y se ordenó el cierre informático del asunto AP42-N-2004-000689, por haber ingresado el mismo incorrectamente, razón por la que se ingresó el asunto nuevamente bajo el N° AB42-R-2004-000126. De igual forma se acordó la actuación “acumulación” a los solos efectos de enlazar ambos asuntos informáticamente, teniéndose como válidas todas las actuaciones diarizadas y registradas

En fecha 4 de abril de 2006, el abogado Carlos Pérez apoderado judicial de la parte recurrente consignó diligencia mediante la cual solicitó a esta Corte se pronuncie sobre la presente causa.

En fecha 11 de abril de 2006, en virtud de la distribución automática se designó ponente al ciudadano Juez ALEJANDRO SOTO VILLASMIL, a quien se ordenó pasar el presente expediente a los fines de que esta Corte dicte la decisión correspondiente.

En esa misma fecha, se pasó el presente expediente al Juez ponente.

En fecha 30 de mayo de 2006, el abogado Carlos Pérez ratificó el contenido de la diligencia de fecha 4 de abril de 2006, mediante la cual solicitó a este Órgano Jurisdiccional dicte decisión en la presente causa.

I

Realizado el análisis correspondiente de las actas que conforman el presente expediente a los fines de decidir la apelación intentada, esta Corte para emitir dicho pronunciamiento, estima necesario determinar cual fue el último aumento salarial realizado en el Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), antes de la fecha de interposición de la querella.

Para ello, este Órgano Jurisdiccional encuentra necesario acordar auto para mejor proveer de conformidad con el aparte 14 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, y en tal sentido, ordena oficiar al Ministerio de la Vivienda y Hábitat, para que sirva informar con carácter de urgencia acerca de la última modificación de la Escala de Sueldo del Personal Activo en referencia al cargo de Jefe de División de personal o su equivalente en ese Instituto realizada antes del 6 de marzo de 2002, así como remita copia certificada de la referida escala de sueldo.

Dicha información y remisión deberá ser enviada a esta Corte en un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes al recibo del oficio que se ordena librar.

Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

La Presidenta,



ANA CECILIA ZULUETA RODRÍGUEZ
El Vicepresidente,


ALEJANDRO SOTO VILLASMIL
Ponente

El Juez,


ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA


La Secretaria Accidental,



NATALI CÁRDENAS RAMÍREZ




En fecha dieciocho (18) de julio de dos mil seis (2006), siendo la (s) 01:35 de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión bajo el Nº 2006-02347.


La Secretaria Acc,




NATALI CÁRDENAS RAMÍREZ


EXP N° AB42-R-2004-000126
ASV/p