REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA
Caracas, dieciocho (18) de julio de 2006
Años 196° y 147°
En fecha 11 de junio de 2003, se recibió en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo Oficio signado con el Nº 529-03 de fecha 4 de junio de 2003, emanado del Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Carlos Alberto Pérez Bustamante, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 8.067, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN DOLORES TORRES DE MANRIQUE, portadora de la cédula de identidad Nº 217.839 contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI).
Dicha remisión se efectuó en virtud de la apelación interpuesta por la abogada Irene Moros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 77.910, en su carácter de apoderada judicial del Instituto querellado, contra la decisión de fecha 23 de abril de 2003, dictada por el mencionado Juzgado Superior, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar la querella interpuesta.
El 17 de junio de 2003, se dio cuenta a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, se designó ponente a la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, y se fijó el décimo (10) día de despacho siguiente para comenzar la relación de la causa.
El 9 de julio de 2003, el abogado Enrique Noel Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.302, actuando en su carácter de apoderado judicial del Instituto Nacional de la Vivienda, presentó escrito de fundamentación de la apelación.
En fecha 10 de julio de 2003, comenzó la relación de la causa.
El 29 de julio de 2003, comenzó el lapso de cinco (5) días de despacho para la promoción de las pruebas.
En fecha 6 de agosto de 2003, vence el lapso de cinco (5) días de despacho para la promoción de pruebas.
El 7 de agosto de 2003, se fijó el décimo día de despacho siguiente para que tuviera lugar el Acto de Informes, de conformidad con el artículo 166 de la derogada Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
En fecha 2 de septiembre de 2003, oportunidad fijada para que tuviera lugar el acto de informes, se dejó constancia de que las partes no presentaron sus escritos. Se dijo “Vistos”.
En fecha 3 de septiembre de 2003, se pasó el expediente a la Magistrada Ponente.
El 10 de diciembre de 2003, mediante Resolución N° 2003-00033, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.866 de fecha 27 de enero de 2004, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia creó la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo con las mismas competencias y atribuciones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, quedando integrada por tres jueces.
Asimismo a través de la Resolución de fecha 15 de julio de 2004, dictada por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 37.980, fueron designados los Jueces de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo.
El 16 de marzo de 2005, el abogado de la recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó a esta Corte el abocamiento en la presente causa.
En Sesión de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 13 de octubre de 2005, fueron designados los Jueces de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, siendo juramentados ante esa misma sede jurisdiccional el 18 del mismo mes y año.
Mediante Acta Nº 25 de fecha 19 de octubre de 2005, se dejó constancia que la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo fue reconstituida y quedó integrada de la siguiente manera: ANA CECILIA ZULUETA RODRÍGUEZ, Presidenta; ALEJANDRO SOTO VILLASMIL, Vicepresidente y ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA, Juez.
El 30 de mayo de 2006, el abogado de la recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó a este Órgano Jurisdiccional el abocamiento en la presente causa y se proceda a fijar el acto de informes.
Por auto de fecha 6 de junio de 2006 esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa, y se designó ponente al Juez ALEJANDRO SOTO VILLASMIL.
En esa misma fecha, se pasó el expediente al Juez Ponente.
I
Realizado el análisis correspondiente de las actas que conforman el presente expediente a los fines de decidir la apelación intentada, esta Corte para emitir dicho pronunciamiento, estima necesario determinar cual fue el último aumento salarial realizado en el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI)., antes de la fecha de interposición de la querella.
Para ello, este Órgano Jurisdiccional encuentra necesario acordar auto para mejor proveer de conformidad con el aparte 14 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en tal sentido, ordena oficiar al Ministerio de la Vivienda y Hábitat, para que sirva informar con carácter de urgencia acerca de la última modificación de la Escala de Sueldos del Personal Activo del cargo de Abogado III, o su equivalente, en ese Instituto, realizada antes del 13 de noviembre de 2002, así como remita copia certificada de la referida escala de sueldos.
Dicha información y remisión deberá ser enviada a esta Corte en un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes al recibo del oficio que se ordena librar.
Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Presidenta,
ANA CECILIA ZULUETA RODRÍGUEZ
El Vicepresidente,
ALEJANDRO SOTO VILLASMIL
Ponente
El Juez,
ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA
La Secretaria Accidental,
NATALI CÁRDENAS RAMÍREZ
En fecha dieciocho (18) de julio de dos mil seis (2006), siendo la (s) 01:30 de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión bajo el Nº 2006-02346.
La Secretaria Acc,
NATALI CÁRDENAS RAMÍREZ
ASV/n