REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA
Caracas, dieciocho (18) de julio 2006
Años 196° y 147°
El 5 de agosto de 2003 se recibió en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el Oficio N° 03-858 del 30 de julio de 2003, emanado del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, a través del cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Carlos Alberto Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 8.067, actuando como apoderado judicial del ciudadano RAFAEL ANTONIO MORALES COLMENARES, identificado con la cédula de identidad N° 2.139.038, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI).
Dicha remisión se efectuó en virtud del recurso de apelación ejercido el 17 de julio de 2003, por el abogado Johnny Rotondaro Ojeda, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 17.959 en su carácter de apoderado judicial del Instituto Nacional de la Vivienda, contra la sentencia dictada por el referido Juzgado el 15 de julio de 2003, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.
En fecha 12 de agosto de 2003, se dio cuenta a la Corte Primera y se designó ponente a la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño.
El 28 de agosto de 2003, las abogadas Liliana Soto e Irene Moros, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 81.094 y 77.910, respectivamente, consignaron escrito de fundamentación de la apelación.
En fecha 3 de septiembre de 2003, se dio inicio a la relación de la causa, y el 17 de ese mismo mes y año comenzó el lapso de cinco (5) días de despacho para la promoción de pruebas, el cual venció el 25 de septiembre de 2003.
Mediante auto de fecha 30 de septiembre de 2003, se fijó el décimo (10º) día de despacho siguiente para que tuviese lugar el acto de informes, de conformidad con lo previsto en el artículo 166 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, vigente para esa fecha.
En fecha 10 de diciembre de 2003, mediante Resolución N° 2003-00033, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.866 de fecha 27 de enero de 2004, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia creó la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo con las mismas competencias y atribuciones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, quedando integrada por tres jueces.
Asimismo a través de la Resolución de fecha 15 de julio de 2004, dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 37.980, fueron designados los Jueces de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo.
Consta en Acta N° 003 de fecha 15 de Julio de 2004, que la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo quedó integrada de la siguiente manera: MARÍA ENMA LEÓN MONTESINOS, Presidenta; JESÚS DAVID ROJAS HERNÁNDEZ, Vicepresidente y BETTY JOSEFINA TORRES DÍAZ, Jueza.
En ese sentido y en atención a lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Resolución número 68 de fecha 27 de agosto de 2004, dictada por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 38.011 de fecha 30 de agosto de 2004, reformada por la Resolución N° 90 de fecha 4 de octubre de 2004, que modificó los artículos 9 y 30, se acordó la distribución de las causas que se encontraban originalmente en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, quedando asignados a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, los expedientes de las causas cuyo último dígito fuese un número par, como ocurre con la presente causa.
El 19 de octubre de 2004, el abogado Stalin Rodríguez S, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.650, actuando como apoderado judicial del querellante, presentó diligencia mediante la cual solicitó el abocamiento al conocimiento de la causa.
Por auto de fecha 10 de noviembre de 2004, la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo se abocó al conocimiento de la presente causa y previa distribución automática, se reasignó la ponencia al Juez Jesús David Rojas Hernández a los fines de que dictara decisión correspondiente. Asimismo se ordenó notificar al Presidente del Instituto querellado.
El 15 de junio de 2005, el abogado Stalin Rodríguez S, antes identificado, presentó diligencia mediante la cual solicitó la reanudación de la causa.
En fecha 21 de junio de 2005 se dijo “Vistos”, y se fijó un lapso de sesenta (60) días continuos a los fines de dictar sentencia en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 19 ordinal 1º de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
El 29 de junio de 2005, se pasó el expediente al Juez ponente.
En Sesión de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 13 de octubre de 2005, fueron designados los Jueces de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, siendo juramentados ante esa misma sede jurisdiccional el 18 del mismo mes y año.
Mediante Acta N° 25 de fecha 19 de octubre de 2005, se dejó constancia de que la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo fue reconstituida y quedó integrada de la siguiente: ANA CECILIA ZULUETA RODRÍGUEZ, Presidenta; ALEJANDRO SOTO VILLASMIL, Vicepresidente y ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA, Juez.
En fecha 4 de abril de 2006, el abogado Carlos Alberto Pérez, antes identificado, presentó diligencia mediante la cual solicitó a esta Corte el pronunciamiento en la presente causa.
Por auto de fecha 16 de mayo de 2006, esta Corte se abocó al conocimiento de la causa y en virtud de la distribución automática, se reasignó la ponencia al ciudadano Juez ALEJANDRO SOTO VILLASMIL, a quien se ordenó pasar el presente expediente a los fines de que este Órgano Jurisdiccional dicte la decisión correspondiente.
En esa misma fecha, se pasó el expediente al Juez ponente.
I
Realizado el análisis correspondiente de las actas que conforman el presente expediente a los fines de decidir la apelación intentada, esta Corte para emitir un pronunciamiento estima necesario determinar cual fue el último aumento salarial realizado en el Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), antes de la fecha de interposición de la querella.
Para ello, este Órgano Jurisdiccional encuentra necesario acordar auto para mejor proveer de conformidad con el aparte 14 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, y en tal sentido, ordena oficiar al Ministerio de la Vivienda y Hábitat, para que sirva informar con carácter de urgencia, acerca de la última modificación de la Escala de Sueldos del Personal Activo en el cargo de Jefe de Oficina de Administración o su equivalente en ese Ministerio realizada antes del 18 de agosto de 2003, así como remita copia certificada de la referida escala de sueldos.
Dicha información y remisión deberá ser enviada a esta Corte en un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes al recibo del oficio que se ordena librar.
Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Presidenta,
ANA CECILIA ZULUETA RODRÍGUEZ
El Vicepresidente,
ALEJANDRO SOTO VILLASMIL
Ponente
El Juez,
ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA
La Secretaria Accidental,
NATALI CÁRDENAS RAMÍREZ
En fecha dieciocho (18) de julio de dos mil seis (2006), siendo la (s) 01:28 de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión bajo el Nº 2006-02345.
La Secretaria Acc,
Exp: AP42-R-2003-003134
ASV/l