REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA
CARACAS, VEINTISEIS (26) DE JULIO DE 2006
Años 196° y 147°
El 11 de diciembre de 2005 se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo el Oficio N° 05-1154 del 17 de noviembre del aludido año, emanado del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana LISBETH CRISTINA DUQUE RAMÍREZ, portadora de la cédula de identidad N° 9.225.816, asistida por la abogada Berta López Pérez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.001, contra la FUNDACIÓN PARA EL TRANSPORTE POPULAR DEL ESTADO MIRANDA (en lo sucesivo FUNTRAPEM).
Tal remisión se efectuó en virtud del recurso de apelación ejercido el 9 de noviembre de 2005 por la abogada Damelis Virginia Castillo Ceballos, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 69.442, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte querellada, contra la sentencia dictada el día 3 del mencionado mes y año por el referido Juzgado Superior, que declaró con lugar el presente recurso.
Previa distribución de la causa, el 14 de febrero de 2006 se dio cuenta a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, se designó ponente al Juez Alejandro Soto Villasmil, y se dio inicio a la relación de la causa cuya duración sería de quince (15) días de despacho.
El 22 de marzo de 2006, los apoderados judiciales de la parte querellada consignaron escrito de fundamentación de la apelación.
El 4 de abril de 2006, los apoderados judiciales de la parte querellante presentaron escrito de contestación a la fundamentación de la apelación.
El 5 de abril de 2006, se dejó constancia del inicio del lapso para la promoción de pruebas.
El 20 de abril de 2006, se dejó constancia del vencimiento del lapso para la promoción de pruebas.
Mediante auto proferido el 25 de abril de 2006, se fijó oportunidad para la realización del acto de informes, para el jueves 22 de junio de 2006, el cual se realizó en la oportunidad indicada, se dejó constancia de la asistencia de ambas partes.
El 27 de junio de 2006, se dijo “Vistos”.
El 28 de junio de 2006, se pasó el expediente al Juez ponente.
Realizado el análisis correspondiente de las actas que conforman el presente expediente, esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo pasa a pronunciarse sobre la apelación interpuesta, previa las siguientes consideraciones:
I
Esta Corte observa que el ámbito objetivo de la apelación interpuesta por la parte querellada, lo constituye la sentencia dictada el 3 de noviembre de 2005 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual declaró con lugar el recurso interpuesto por la ciudadana Lisbeth Cristina Duque Ramírez, contra el acto administrativo S/N contenido en la comunicación de fecha 15 de noviembre de 2004, a través del cual el Presidente de Fundación para el Transporte Popular del Estado Miranda (FUNTRAPEM) removió y retiró a la referida ciudadana del cargo de Jefe de División, Control y Gestión de la referida Fundación.
Ahora bien, estando este Órgano Jurisdiccional en la oportunidad de emitir pronunciamiento al respecto, aprecia que no consta en autos el Organigrama Estructural del Organismo querellado o Registro de Información de Cargos, necesarios para dictar un pronunciamiento en la presente causa. Ello así, esta Corte considera imperioso exhortar a la Fundación para el Transporte Popular del Estado Miranda, para que en un plazo, que no excediere de cinco (5) días hábiles siguientes a que conste en autos su notificación, remita copias certificadas de la estructura organizacional de dicha Fundación, así como el Manual Descriptivo de Cargos o Registro de Información de Cargos, específicamente en cuanto a las funciones que ejercen las personas que ostentan el cargo de Jefe de División de Control y Gestión, con el objeto de proferir la decisión correspondiente en el procedimiento de querella funcionarial incoado. Así se decide.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Líbrese Oficio. Cúmplase lo ordenado.
La Presidenta,
ANA CECILIA ZULUETA RODRÍGUEZ
El Vicepresidente,
ALEJANDRO SOTO VILLASMIL
Ponente
El Juez,
ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA
La Secretaria Accidental,
NATALI CÁRDENAS RAMÍREZ
ASV/ h
AP42-R-2005-002008
En fecha veintiséis (26) de julio de dos mil seis (2006), siendo la (s) 08:33 de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N°2006-02397.
La Secretaria Accidental