REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA

Caracas, veintisiete (27) de julio de 2006
Años 196° y 147°

En fecha 16 de diciembre de 2004, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo el Oficio N° 1182-04 de fecha 29 de septiembre de 2004, emanado del Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió el expediente contentivo de la querella funcionarial interpuesta por el abogado Carlos Alberto Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 8.067, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FELIPE EDUARDO MONZÓN ÁLVAREZ, portador de la cédula de identidad N° 934.632, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI).

La anterior remisión se realizó en virtud de la apelación interpuesta en fecha 9 de febrero de 2004, por la abogada Irene Moros Dávila, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 77.910, actuando en su carácter de apoderada judicial del Instituto Nacional de la Vivienda, contra la sentencia dictada por el referido Juzgado Superior, el 4 de febrero de 2004, que declaró con lugar la querella interpuesta.

Por auto de fecha 1° de febrero de 2005, se dio cuenta a la Corte, se designó ponente al Juez Jesús David Rojas Hernández, y se dio inicio a la relación de la causa la cual será de quince (15) días de despacho dentro de los cuales la parte apelante deberá presentar su escrito de fundamentación.

Posteriormente en fecha 9 de marzo de 2005, la abogada Irene Moros Dávila, antes identificada, actuando en representación del ente querellado, consignó escrito de formalización de la apelación interpuesta.

En fecha 13 de abril de 2005, vencido el lapso de promoción de las pruebas, sin que ninguna de las partes hiciera uso del mismo, se fijó la oportunidad para que tuviera lugar el acto de informes.

En fecha 4 de mayo de 2005, oportunidad fijada para que tuviera lugar el acto de informes se dejó constancia de la comparecencia del abogado Carlos Alberto Pérez, antes identificado, quien presentó su exposición oral, y seguidamente consignó escrito de conclusiones, asimismo, se dejó constancia de la comparecencia de la parte accionada.

En fecha 5 de mayo de 2005, vencido el lapso de presentación de informes se dijo “Vistos”, y se fijó el lapso de sesenta (60) días continuos siguientes para dictar sentencia en la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 521 del Código del Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 19, aparte 1° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

En fecha 9 de mayo de 2005, se pasó el expediente al Juez Ponente.

El 13 de octubre de 2005, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia designó como Jueces de esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, a los ciudadanos Ana Cecilia Zulueta Rodríguez, Alejandro Soto Villasmil y Alexis José Crespo Daza, quienes fueron juramentados el día 18 del mismo mes y año.

En fecha 19 de octubre de 2005, se reconstituyó la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, quedando integrada su Junta Directiva de la siguiente manera: Ana Cecilia Zulueta Rodríguez, Presidenta; Alejandro Soto Villasmil, Vicepresidente; y, Alexis José Crespo Daza, Juez.

Por auto de fecha 17 de mayo de 2006, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa, y en virtud de la distribución automática se designó ponente al ciudadano Juez ALEJANDRO SOTO VILLASMIL, a quien se ordenó pasar el presente expediente a los fines de que esta Corte dicte la decisión correspondiente.

En esa misma fecha, se pasó el expediente al Juez ponente.


I

Realizado el análisis correspondiente de las actas que conforman el presente expediente a los fines de decidir la apelación intentada, esta Corte para emitir dicho pronunciamiento, estima necesario determinar cuál fue el último aumento salarial realizado en el Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), antes de la fecha de interposición de la querella.

Para ello, este Órgano Jurisdiccional encuentra necesario acordar auto para mejor proveer de conformidad con el aparte 14 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, y en tal sentido, ordena oficiar al Ministerio de Vivienda y Hábitat, para que sirva informar con carácter de urgencia acerca de la última modificación de la Escala de Sueldo del Personal Activo, en referencia al cargo de Jefe de División de Personal o su equivalente en ese Instituto, realizada antes del 27 de junio de 2003, así como remita copia certificada de la referida escala de sueldo.

Dicha información y remisión deberá ser enviada a esta Corte en un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes al recibo del oficio que se ordena librar.

Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de julio del año dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

La Presidenta,




ANA CECILIA ZULUETA RODRÍGUEZ



El Vicepresidente,



ALEJANDRO SOTO VILLASMIL
Ponente


El Juez,


ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA




La Secretaria Accidental,



NATALI CÁRDENAS RAMÍREZ




En fecha veintisiete (27) de julio de dos mil seis (2006), siendo la (s) 01:52 de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° 2006-02430.

La Secretaria Acc,




NATALI CÁRDENAS RAMÍREZ


EXP N° AP42-R-2004-001157
ASV/k.