REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS


AUDIENCIA ORAL PARA OIR A LAS PARTES


JUEZ: MARIA DE LOURDES FRAGACHAN
FISCAL 120 º M.P: ROSA MORNAGHINO
DEFENSOR PÚBLICO 48: GLADYMAR PRADERES
SECRETARIA: MAURA V. FLANNERY C.


En la audiencia del día de hoy, Jueves (13) de Julio del año Dos Mil Seis (2006), siendo las (10:00) horas de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a cabo la Audiencia Oral para Oír a las Partes a la que se contrae el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa signada con el número 25C-2538-06, nomenclatura llevada por este Juzgado, constituido como se encuentra el Tribunal con la ciudadana MARIA DE LOURDES FRAGACHAN, Juez Vigésima Quinta Encargada de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y la Secretaria MAURA V. FLANNERY C. Se deja constancia que el ciudadano OSCAR JOAN JAKSON IBARRA HERRERA no se encuentra presente en este acto, habiendo librado este Tribunal Boleta de Notificación a su nombre, sin embargo, al mismo le fue otorgada en la oportunidad de la audiencia de calificación de flagrancia la Libertad Plena, motivo por el cual estando presente en este acto el Ministerio Público así como la defensa pública, la no comparecencia del imputado no impide se fije a la vindicta pública lapso para presentar acto conclusivo. Acto seguido, se concedió la palabra al Representante del Ministerio Público quien manifestó: “Esta Representación Fiscal solicita al Tribunal que el lapso a establecerse para la presentación de un acto conclusivo por parte de esta Fiscalía sea de CUARENTA y CINCO (45) días continuos, Es todo”. Acto seguido, se le concede el derecho de palabra a la Defensa del imputado quien expone: “Esta defensa considera que treinta días son suficientes, máxime cuando la presente causa se inició en fecha 11 de octubre de 2003. Es todo”. Seguidamente, oídas como han sido todas las partes en la presente audiencia, este Tribunal Vigésimo Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: Visto que efectivamente la investigación se inició en fecha 11 de Octubre de 2003, transcurriendo en la presente causa casi tres años desde la individualización del ciudadano OSCAR JOAN JAKSON IBARRA HERRERA y atendiendo a lo manifestado por la defensa en este acto en relación al tiempo transcurrido, es por lo que este Tribunal ACUERDA el lapso de TREINTA (30) días, contados de manera continua, a partir del día de hoy, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Con la lectura y firma de la presente acta, quedan las partes debidamente notificadas de la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara terminada la audiencia siendo las (10:10) HORAS de LA MAÑANA. Es todo. Terminó, se leyó y estando conformes firman.
LA JUEZ


MARIA DE LOURDES FRAGACHAN


FISCAL 120 º M.P:



ROSA MORNAGHINO

DEFENSOR PÚBLICO 48:



GLADYMAR PRADERES




SECRETARIA:

ABG. MAURA V. FLANNERY C.
CAUSA N° 25C-2538-03
MdeLF /maura.-