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ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2005-002542
 PARTE ACTORA: MIRIAM BEATRIZ MONCADA DE SUAREZ
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
 PARTE DEMANDADA:  HELIINTERNATIONAL / HELIMEDICAL
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Werner Reyes
 MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL
 
 En el día hábil de hoy, lunes diez (10) de julio de 2006, día y hora fijado 09:00 a.m.) para que tenga la lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de ESTABILIDAD, incoado por la ciudadana MIRIAM BEATRIZ MONCADA DE SUAREZ contra la demandada “HELIINTERNATIONAL / HELIMEDICAL”. Seguidamente este Tribunal deja constancia de la comparecencia del ciudadano: WERNER REYES, titulare de la cédula de identidad N° 10.517.671, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 82.929, en su carácter de apoderado judicial de la demandada HELIMEDICAL, según copia del poder que consigna en este acto, ad efectum videndi, previa confrontación con su original, e igual forma se deja constancia que la parte actora, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, compareció a la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera  Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que a la parte demandada presentó escrito de pruebas al inicio de la audiencia, el cual fue devuelto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los diez (10) días del mes de julio de dos mil seis (2006). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 147° y 195°
 El Juez
 
 
 Abg. Franklin Porras Mendoza
 
 La Secretaria
 
 Abg. Gleiber Meza
 
 
 
 
 
 Los Presentes.
 
 “2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
 
 
 
 
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