REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 2.
Caracas, 17 de julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-013451
Recibido como ha sido de la U.R.D.D., désele entrada, anótese en el libro respectivo y regístrese bajo el N° AP51-S-2006-012130 de la nomenclatura de este Circuito Judicial. Vista la solicitud de Convenimiento de Régimen de Visitas, presentado por los ciudadanos (...) y (...), venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad N° V-(...) y V-(...) y suscrito ante la Defensoría Publica No. 38 a cargo del Abogado JONATHAN MERO, Defensor Publico No. 157 del sistema de Protección del Niño y del Adolescente, actuando en representación y procediendo en interés y resguardo de los derechos del niño (...) de diez (10) de edad, esta Sala de Juicio la admite por cuanto ha lugar en derecho y por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial, Sala de Juicio Nº 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha acta de convenimiento en cada una de sus partes, le imparte su aprobación en los mismos términos expuestos, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por secretaría las copias certificadas que sean necesarias de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente asunto.-
LA JUEZ
FANNY PLAZA MARTINEZ LA SECRETARIA
BELEN ALVAREZ.
FPM/BA/Jesús.
AP51-S-2006-013451
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