REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE
CARACAS
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal No. II
Caracas, 18 de Julio de 2006
196º y 147º
Asunto: AP51-S-2006-006512
Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por la ciudadana XXXXXXXXXXXX, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No.XXXXXXXXX, en representación legal de su hijo XXXXXXXXXXXX, venezolano, niño, quien se encuentra asistida, por la Profesional del Derecho ALIX SUAREZ SANCHEZ, en su carácter de Defensora Pública Tercera (3era) de Protección del Niño y del adolescente en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC al mencionado niño y vistos los recaudos presentados, y examinados cuidadosamente como han sido los mismos, así como el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por el ciudadano XXXXXX, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número XXXXXXXXX, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC del niño de siete 7 años de edad, XXXXXXXXXXXXX. Expídanse por secretaría las copias certificadas necesarias, se ordena oficiar a la oficina de atención al público, a fin de que se sirva entregar a la parte interesada las copias certificadas respectivas, por lo que esta Sala queda en espera de que la parte solicitante consigne los fotostatos, a fin de librar el oficio antes mencionado. Cúmplase con lo ordenado.-
La Jueza Temporal
Abog. Fanny Plaza Martínez
La Secretaria
Abg. Jesús Belén Álvarez
AP51-S-2006-006512
Motivo: Curatela
FPM/JBA/Yasminia*
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