REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 7
Caracas, diez (10) de julio del año dos mil seis (2.006)
Años: 196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-003947
Vista la solicitud presentada por la ciudadana KEILA YASMIR MEDINA RANGEL, venezolana, mayor de edad de este domicilio titular de la cédula de identidad Nº V-6.199.808, actuando en representación de su hijo xxxxxxxxxxxxx, titular de la cedula de identidad Nº 21.343.509, debidamente asistida de abogado, por la Dra. AMADA MARCANO SILVA, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 29.786, mediante la cual solicita del Tribunal Autorización judicial pertinente para que en nombre de mi prenombrado adolescente ya identificado adquiera en compra venta la tercera parte sobre los derechos de un apartamento destinado a vivienda un inmueble distinguido con el Nº A-6 del piso 2, del bloque 8, edificio A, Ubicado en la Urbanización artigas, parroquia San Juan, Distrito Capital. Ahora Bien, vista igualmente la opinión de la representante del Ministerio Público, esta Sala de Juicio, una vez examinados los recaudos consignados, y los hechos expuestos por la solicitante considera que la referida operación redunda en beneficio e interés del adolescente de autos, ya que se les está proporcionando una vivienda digna y segura, razón por la cual este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, haciendo uso de las amplias facultades que le confiere el Artículo 267 del Código Civil, acuerda conceder Autorización Judicial Suficiente para que la ciudadana KEILA YASMIR MEDINA RANGEL, plenamente identificada realice la operación antes descrita en nombre y representación de su hijo xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, igualmente se le conceden 60 días continuos para que consignen copia certificada de los documentos donde se evidencia la negociación realizada. En consecuencia Expídase por secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines de que surta sus efectos legales.
La Juez,
Aimar Valencia Rizo. El Secretario,
Martín Jiménez Mújica.
AVR/MJ/Sonia.-
|