Revisadas como han sido las anteriores actuaciones, realizadas por la ciudadana BELKIS ELIZABETH BUSTILLOS DE MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V-9.099.176, igualmente promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos ANA BERTHA CHAVEZ QUISPE y HUMBERTO RODOLFO VIVANCO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.303.934 y V-84.356.187, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, esta Sala de Juicio, sin perjuicio de tercero con igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de de la solicitante, ciudadana BELKIS ELIZABETH BUSTILLOS DE MENDOZA, antes identificada y de sus hijos, los ciudadanos: ERIKA YURUBITH y YOLDAN ALEXANDER MENDOZA BUSTILLOS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.285.518 y V-16.285.519, respectivamente, así como también a favor de la adolescente XXXX, como beneficiarios del De Cujus ciudadano SEGUNDO DE LA TRINIDAD MENDOZA GONZALEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-6.130.196. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante, una vez haya consignado los fotostatos correspondientes. Cúmplase
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