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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 EN SU NOMBRE
 EL JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
 Años: 196º y 147º
 
 
 SOLICITANTE:     VISMAR ZAMBRANO.-
 MOTIVO:              INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-
 EXPEDIENTE:      Nº 05-2108.-
 
 Mediante distribución correspondió conocer al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de la solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento presentada por el ciudadano: VISMAR, quien dijo ser venezolano, mayor de edad, de este domicilio, hijo de  la ciudadana: NANCY ZAMBRANO,  mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro V- 6.091.056, quien  estando debidamente asistida por la Dra. GRISELDA YAJURE ROSAL, abogada adscrita a la Unidad de Protección al Niño y a la Familia de la Sindicatura del Municipio Libertador del Distrito Federal, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 29.370, siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal  hace las siguientes consideraciones:
 
 Alegó  el solicitante en términos generales, lo siguiente:  Que nació el día 15 de abril de 1.985, en la Maternidad Concepción Palacios en Jurisdicción de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador, siendo hijo de la ciudadana: NANCY ZAMBRANO,  mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.091.056, tal y como consta en la TARJETA DE NACIMIENTO, anotada bajo la Historia Clínica N°  97320, de fecha 15 de Abril de 1985,  y que  no aparece inscrito su acta de nacimiento en el Registro Principal del Municipio Libertador del Distrito Federal, ni en la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador, tal y  como se evidencia en las constancias presentadas. Que por tales motivos solicita la inserción de su Partida de Nacimiento.   Acompañó los siguientes recaudos:
 
 Tarjeta  de Nacimiento de fecha 15 de abril de 1985, signada bajo el Nº 97.320, expedida por la Maternidad Concepción Palacios.-
 
 Constancia de no presentación expedida por la Oficina de Registro Principal del Distrito Capital, en la cual certifican que en los tomos duplicados de registro civil de nacimiento de la parroquia San Juan, correspondientes a los años 1985-2005,  no aparece acta de nacimiento perteneciente al ciudadano: VISMAR.
 
 Constancia  de no presentación expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual certifican que en los libros de registros de nacimientos correspondientes al año 1985-2005,  no aparece acta de nacimiento perteneciente al ciudadano VISMAR.-
 
 En fecha  21 de junio  de 2005, se admitió la presente la solicitud, ordenándose a tal efecto librar el correspondiente  Edicto,  e igualmente se ordeno la notificación del  Representante del Ministerio Público.-
 En fecha 13 de julio de 2005, compareció  el alguacil de este Tribunal y dejo  constancia de haber entregado Boleta de Notificación al Fiscal 103° del Ministerio  Público.-
 En fecha 27 de julio de 2005,  compareció por ante este Tribunal la  ciudadana: DILIA LOPEZ BERMUDEZ, en su carácter de Fiscal 103º del Ministerio Público del Distrito Metropolitano de Caracas, con competencia para actuar en el sistema de Protección del Niño, Adolescente y la Familia, y expuso, que considera necesario oficiar al Jefe del Departamento de Dactiloscopia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistica, a fin de solicitar la práctica de cotejo dactiloscópico en la Historia Clínica Nº 97-320 de la Maternidad Concepción Palacios de fecha 15 de abril de 1985.-
 
 En fecha 27 de marzo de 2006, compareció por ante este Tribunal el ciudadano VISMAR ZAMBRANO, debidamente asistido de abogado, y consigno a los autos ejemplar del Diario “Ultimas Noticias de fecha  15 de Marzo de 2006, en donde apareció publicado el Cartel de emplazamiento ordenado por este Tribunal en el auto de admisión.-
 En fecha 22 de mayo de 2006,  se dicto auto de avocamiento de la Juez Suplente Especial, de este Despacho.-
 En fecha   07 de  Junio  de 2006, se dicto auto mediante el cual se ordeno oficiar al Jefe del Departamento de Dactiloscopia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a fin de la practica del cotejo dactiloscópico en la historia clínica Nº 97-320 de fecha 15 de abril de 1985, de los archivos llevados por ante la Maternidad Concepción Palacios, a tal efecto se libro oficio Nº 0905.-
 En fecha 19 de julio de 2006, se recibió comunicación Nº 9700-032-2108 de fecha 30 de junio de 2006, emanada de la Dirección de Criminalistica Identificativa Comparativa División de Lofoscopia del  Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica.-
 Ahora bien,   a  los fines de emitir un pronunciamiento este  Tribunal observa:
 Se evidencia claramente a los  autos Constancia de Nacimiento expedida por la Maternidad Concepción Palacios, Departamento de Historias Médicas, en la cual  deja constancia del nacimiento  del ciudadano VISMAR,  de fecha 15 de abril de 1985, siendo hijo de la ciudadana: NANCY ZAMBRANO;  y que  no aparece inscrito su acta de nacimiento en el Registro Principal del Municipio Libertador del Distrito Federal, ni en la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador, razón por la cual no se puede expedir acta  de  nacimiento a nombre del solicitante. Y que de una revisión a las actas que conforman el presente expediente, así como de los documentos aportados a los autos, observa esta juzgadora que quedó  demostrado  que el ciudadano  VISMAR ZAMBRANO,   efectivamente nació en la Maternidad Concepción  Palacios, el día  15 de abril de 1985, siendo hijo de NANCY ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº 6.091.056; tal y como se evidencia de comunicación Nº 9700-032-2108 de fecha 30 de junio de 2006, emanada de la Dirección de Criminalistica Identificativa Comparativa División de Lofoscopia del  Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, en donde se demuestra  que comparadas como fueron las Impresiones digitales presentes en la tarjeta alfabética dactilar que reposa en los archivos de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a nombre de ZAMBRANO NANCY COROMOTO, titular de la cédula de identidad Nº 6.091.056, con las que aparecen en la Historia Clínica Nº 97.320, de fecha 15 de abril de 1985, a nombre de ZAMBRANO NANCY, resultaron coincidir.- En consecuencia considera quien aquí decide que la presente solicitud debe ser declarada con lugar.- Y ASÍ SE DECIDE..
 Por los motivos y razonamientos antes expuestos, este Tribunal QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela declara CON LUGAR la presente solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento presentada por el ciudadano: VISMAR ZAMBRANO . En consecuencia se ordena insertar por ante la Jefatura civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, y ante en el Registro correspondiente la partida de nacimiento del VISMAR ZAMBRANO.
 Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los  27  días del mes de Julio  de 2006 .Años 196º  y  147º.
 LA JUEZ,
 
 DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA
 LA SECRETARIA TITULAR
 ABG. LEOXELYS VENTURINI
 En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo las  Tres de la tarde (3: 00 pm).-
 LA SECRETARIA TITULAR
 
 EXP. Nº: 05-2108.-
 RPV/LV/Alberto.-
 
 
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