REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiocho (28) de Julio de 2006.
Años 196º y 147º
En atención al oficio 003757, procedente de la Procuraduría General de la República, este Tribunal, en consecuencia acuerda la notificación de la sentencia recaída en fecha veintisiete (27) de junio de 2006, al mencionado ente público de conformidad con el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en concordancia con los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. A tal efecto, se ordena librar el correspondiente oficio participando de la mencionada decisión. Líbrese oficio.-
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
RICHARS DOMINGO MATA.
VGJ/RM/mr
Exp: 7915
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, veintiocho (28) de Julio 2006
Años 196° Y 147°
OFICIO N° 2006-A-
CIUDADANO:
PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.
PRESENTE:
Me dirijo a usted, con la finalidad de notificarle que en fecha 27 de junio de 2006, este Tribunal dictó sentencia declarando sin lugar las apelaciones interpuestas por el FONDO DE INVERSIONES DE VENEZUELA y LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del Ministerio de la Defensa y de Transporte y Comunicación (hoy Ministerio de Infraestructura), representada por la Procuraduría General de la República contra los autos de fecha 3 y 9 de diciembre de 1998, dictados por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en la solicitud de Quiebra que se le sigue a la LINEA AEROPOSTAL VENEZOLANA, C.A.; asimismo, se le anexa copia certificada de la referida sentencia.-
Remisión que se le hace, a los fines de notificarle de la sentencia dictada por este Tribunal el 27 de junio de 2006, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/mr
Exp: 7915