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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 JUZGADO  VIGESIMO NOVENO  DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL  CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
 DEL ÁREA  METROPOLITANA DE CARACAS.
 
 Caracas, 10 de Julio de 2006
 196° Y   147°
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-001328
 
 PARTE ACTORA: OSCAR ENRIQUE CISNEROS, C.I. V-11.741.363
 APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTA EN EL EXPEDIENTE.
 PARTE DEMANDADA: PROSEFA, C.A.
 APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA EN EL EXPEDIENTE
 MOTIVO: ESTABILIDAD
 
 En el día hábil de hoy, 10 de julio de 2006,  siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, a la  hora arriba señalada,  se procedió a anunciar  el presente acto por el Alguacil en la Sala de comparecencia, del Edificio Centro Financiero Latino,  dejando  constancia expresa  de la incomparecencia de la parte demandante por si o por medio de apoderado judicial y de la incomparecencia de la demandada PROSEFA, C.A., por si o por medio de apoderado judicial alguno. Visto que la asistencia a la Audiencia Preliminar es de carácter obligatorio,  es por lo que,  de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
 
 PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA LA PRESENTE DECISION. Años 196° y 147°.
 DIOS Y FEDERACION
 
 
 GILBERTO ANTONIO ALFARO GUERREIRO
 JUEZ
 ABG. ANTONIO BOCCIA
 SECRETARIO
 
 Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del JUZGADO VIGESIMO NOVENO  DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En Caracas, a las 10:00 a.m. del día diez (10) de julio de 2006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación
 Nota: En esta misma fecha, cumplidas las formalidades de Ley, se dictó y publicó la presente decisión siendo las 10.00 a.m.
 
 
 
 
 ABG. ANTONIO BOCCIA
 SECRETARIO
 EXP: AP21-S-2006-001328
 GAA/An
 
 
 
 
 
 
 
 “2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
 
 
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