REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de julio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2006-007298

Vista la solicitud presentada por la ciudadana BELEN GIMENEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula N° 2.526.977, este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Romeral III, carrera 6 entre 3 y 4, jurisdicción de la Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que mide SEISCIENTOS METROS CUADRADOS (600 mts2) alinderados de la siguiente manera: NORTE: Con la carrera 6 que es su frente; SUR: Con bienhechurias de Cecilia Ortiz; ESTE: Con la calle 4 y OESTE: Con bienhechurias de German Silva. Dichas bienhechurías esta construida con paredes de bahareque, techo de zinc, piso de cemento, constante de una habitación, sala, cocina, cerca de alambre de puas con estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (1.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos JUAN DE DIOS SANTANA Y WILL FRAN TRIANA , éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana BELEN GIMENEZ, ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
Intensivo
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL



MARILUZ JOSEFINA PEREZ



LA SECRETARIA ACC.


LIGIA DÍAZ DE SÁNCHEZ



/Milagro