REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-009817
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JESÚS AMADO BORGES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.368.837, de este domicilio, asistido de abogada, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicado en el caserío El Silencio, Parroquia Juárez, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, con una superficie de SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (64 Mts.2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con Gregorio Borges; SUR: Con América Leoni; ESTE: Con Juan Alejo, y OESTE: Con Isidro Peralta. Dichas bienhechurías consisten en una casa de tres (3) habitaciones, paredes de bahareque, techo de zinc, piso de tierra, cercada con alambre de púa y estantillos. El valor invertido es la cantidad de CATORCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.14.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: RAFAEL PEÑA y JOEL ARRIECHE, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano JESÚS AMADO BORGES, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez Suplente Especial,
Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria,
Maria Fernanda Alviarez
MJP/dmg
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