TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 06 de Julio de 2006
196º y 147º

Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE REGIMEN DE VISITAS y sus recaudos presentados en fecha 30-06-06 por la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en defensa e interés del (la) (los) Niño (a) (os) y/o Adolescente (s): DANYELI DANIELA MAYA MOLINA. Désele entrada. Anótese en los libros correspondientes y se admite cuanto ha lugar en derecho. Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 29-06-06, en presencia de la ciudadana Fiscal, suscrita por los ciudadanos DARWIN MAYA MORALES y CAROLINA MOLINA, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.025.600 y V-19.525.718 respectivamente. Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Juez Unipersonal N° 3 de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia PRIMERO: El Padre, Ciudadano DARWIN MAYA MORALES, visitará a su hija los fines de semanas alternos, de viernes en la tarde a domingo en la noche que lo retornará a la casa de la mamá. Vacaciones escolares en el mes de julio. Cualquier otro día (fuera de los establecidos con anterioridad) y que su actividad laboral lo permita, siempre y cuando sea autorizado por la progenitora. SEGUNDO: La progenitora, Ciudadana CAROLINA MOLINA acepta y conviene en lo anterior.- CUMPLASE. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


Dra. MAGALY PEREZ VELASQUEZ

LA SECRETARIA


Abog. ADELA CARRASCO BARRETO



En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-34.800.-


LA SECRETARIA

EXP. N° C-34.800.-
MPV/jdp.