Tribunal de Ejecución Sec. Adolesc.
Circuito Judicial Penal del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 13 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RY11-D-2002-000016
ASUNTO: RY11-D-2002-000016


CON LUGAR CESACIÓN DE LA MEDIDA

Realizada la audiencia de revisión de medida en el presente asunto seguido al sancionado: Omissis, respectivamente en la cual la defensora pública (E) Dra. María Ortíz solicitó la cesación de la medida y la Dra. Moraima Goyo en su carácter de fiscal sexta del Ministerio Público se adhirió a la solicitud de la defensa. Este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:
Primero; Que de acuerdo al cómputo realizado en la presente fecha la medida de libertad asistida vence el 17/06/06, es decir que solamente le falta por cumplir el lapso de cuatro (04) días.
Segundo de acuerdo a la opinión del equipo técnico adscrito a ésta sección penal el sancionado a pesar de cumplir físicamente con la medida, nunca tuvo un buen pronóstico respecto a su reinserción social.
Tercero: el sancionado se encuentra actualmente detenido a la orden del Juzgado cuarto de control de éste circuito judicial penal por la presunta comisión del delito de robo agravado en el asunto N° RP11-P-2006- 001275 seguido en su contra, asunto en el cual se le fijó audiencia preliminar para el día 28/06/06 considera quien decide que debe proceder la cesación ya que actualmente le faltan por cumplir el lapso de 04 días de la sanción original, lapso que por su insignificancia no requiere de su continuación , en virtud de la sanción mayor que pudiera esperarle en el asunto seguido por la justicia ordinaria.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la CESACIÓN y las copias solicitadas del presente asunto de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Archívese en su debida oportunidad. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución

La Secretaria

Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Elizabeth Suárez