REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA

Caracas, de junio de 2006
Años 196° y 147°

En fecha 15 de enero SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL DISTRITO BOLÍVAR DEL ESTADO ZULIA y la decisión de la Cámara Municipal del 23 de noviembre de 1982, emanada del CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO BOLÍVAR DEL ESTADO ZULIA, y las Resoluciones Nros. 82-22 y 82-23 emanadas de la Dirección de Hacienda Municipal del referido Consejo, ambas del 9 de septiembre de 1982.

Dicha remisión se efectuó de 1987, se dio por recibido en esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo escrito contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado CARLOS EDUARDO ACEDO SUCRE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el N° 19.654, actuando en representación de la sociedad mercantil IBM DE VENEZUELA S.A., contra la comunicación Nº S-30 del 16 de mayo de 1983, emanada delen virtud de haber sido oída en ambos efectos las apelaciones interpuestas en fecha 4 de noviembre de 1986, por la ciudadana NANCY PULGAR DE GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.936.119, actuando con el carácter de SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL DISTRITO BOLÍVAR DEL ESTADO ZULIA, asistida por el abogado ENDER CARRIZO FINOL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el N° 17.869; y la apelación interpuesta en fecha 4 de noviembre de 1986, por el abogado JACINTO COLMENAREZ PIÑA, actuando en representación de la sociedad mercantil IBM DE VENEZUELA S.A., contra la sentencia dictada en fecha 27 de octubre de 1986, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, que declaró con lugar el recurso interpuesto.

En fecha 15 de enero de 1987, se dio cuenta a la Corte y, se designó ponente al Magistrado Román José Duque.

En esa misma fecha, comenzó la relación de la causa.

En fecha 29 de enero de 1987, la ciudadana NANCY PULGAR DE GÓMEZ, actuando con el carácter de SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL DISTRITO BOLÍVAR DEL ESTADO ZULIA, asistida por el abogado ENDER CARRIZO FINOL, consignó escrito de fundamentación a la apelación.

En fecha 2 de febrero de 1987, el abogado GUSTAVO MATA BORJAS, actuando en representación de la sociedad mercantil IBM DE VENEZUELA S.A., consignó escrito de fundamentación a la apelación.

En fecha 11 de febrero de 1987, comenzó el lapso de cinco (5) días de despacho para la promoción de pruebas, el cual finalizó en fecha 19 de febrero de 1987, sin que las partes hicieran uso del mismo.
En fecha 18 de marzo de 1987, oportunidad fijada para que tuviera lugar el acto de informes, se dejó constancia de que el apoderado judicial de la sociedad mercantil IBM DE VENEZUELA S.A., presentó su escrito de informes en esa misma fecha, y se dijo “Vistos”.

En fecha 14 de marzo de 1988, se recibió en esta Corte diligencia suscrita por el abogado JOSÉ MANUEL ORTEGA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el N° 7.292, actuando en representación de la sociedad mercantil IBM DE VENEZUELA S.A., mediante al cual solicita se dicte la decisión correspondiente.

En fecha 13 de marzo de de 1988, se recibió en esta Corte diligencia suscrita por la abogada ROSA AMALIA PÁEZ PUMAR DE PARDO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el N° 610, actuando en representación de la sociedad mercantil IBM DE VENEZUELA S.A., mediante al cual solicita se dicte la decisión correspondiente.

En fecha 19 de octubre de 2005, se reconstituyó la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, la cual quedó integrada de la siguiente manera: JAVIER TOMÁS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, Juez-Presidente, AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA, Juez Vicepresidente y NEGUYEN TORRES LÓPEZ, Juez.

En fecha 8 de junio de 2006, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, reanudándose la misma una vez transcurrido el lapso previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil y se reasignó la ponencia a la Juez NEGUYEN TORRES LÓPEZ.

En la misma fecha se pasó el expediente a la Juez Ponente.

Realizado el estudio del expediente, se pasa a decidir previas las siguientes consideraciones:

De la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que desde el 14 de marzo de 1988, fecha en la cual la representación de la sociedad mercantil IBM DE VENEZUELA S.A., solicitó ante esta Corte que se dictara sentencia, hasta el auto dando cuenta a este Órgano Colegiado y la designación de ponente (folio 174) del 8 de junio de 2006, se evidencia la inexistencia de actuación alguna mediante la cual se inste a este Órgano Jurisdiccional a dictar sentencia sobre el mérito de la causa, existiendo una paralización en el juicio desde hace aproximadamente 18 años, lo que hace presumir el decaimiento del interés de la parte actora, principal interesada en las resultas del presente recurso contencioso administrativo de nulidad.

No obstante lo anterior, de acuerdo con el criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia expuesto mediante sentencia de fecha 1º de junio de 2001, acogido por esta Corte, se ORDENA notificar a la sociedad mercantil IBM DE VENEZUELA S.A., al SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL DISTRITO BOLÍVAR DEL ESTADO ZULIA, partes apelantes en la presente causa, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, para que comparezcan dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos la última notificación, a fin de manifestar su interés en que sea sentenciada la presente causa, con la advertencia de que la falta de comparecencia hará presumir la pérdida del interés en la misma y, en consecuencia, se declarará extinguida la acción.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

El Juez Presidente,


JAVIER TOMÁS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ


La Juez Vice Presidente,


AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA

La Juez,


NEGUYEN TORRES LÓPEZ
Ponente

El Secretario Accidental,

EMILIO ARTURO MATA QUIJADA
Exp. N° AP42-R-1987-006759.-
NTL.-