REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 10

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
CORTE DE APELACIONES
SALA 10


Caracas, 12 de junio de 2006
196º y 147º


EXPEDIENTE Nº 10As 1839-06
JUEZ PONENTE: DRA. RITA HERNANDEZ TINEO

Revisadas como han sido las actuaciones en el presente expediente, para que esta Sala emita el pronunciamiento en lo que se refiere al Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por la profesional del derecho KATIUSKA VERIOSKA PLAZA BRITO, Fiscal Auxiliar Trigésima Séptima a Nivel Nacional Comisionada en la Fiscalía Cuadragésima Novena del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Cuarto (24º) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 20 de Marzo de 2005, mediante la cual dictó sentencia absolutoria a favor del ciudadano VICENTE JOEL SANTAELLA; en tal sentido esta Sala pasa a pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto:

No está configurado alguno de los supuestos de inadmisibilidad previstos en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, pues la ciudadana KATIUSKA VERIOSKA PLAZA BRITO, en su condición de Representante De la Vindicta Pública, posee legitimación para recurrir de la decisión del Juez A quo, y además que el recurso fue interpuesto dentro del lapso que establece el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia recurrida no es de aquellas declaradas inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia la Sala concluye que lo procedente y ajustado a derecho es ADMITIR el recurso interpuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE.
Admitido como ha sido el presente recurso de apelación de sentencia; en consecuencia se fija a las Once horas de la mañana (11:00 a.m.) del décimo (10°) día hábil siguiente al presente auto, el acto de la Audiencia Oral en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

Por lo anteriormente expuesto, esta Sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley; emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por la profesional del derecho KATIUSKA VERIOSKA PLAZA BRITO, Fiscal Auxiliar Trigésima Séptima a Nivel Nacional Comisionada en la Fiscalía Cuadragésima Novena del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Cuarto (24º) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 20 de Marzo de 2005, mediante la cual dictó sentencia absolutoria a favor del ciudadano VICENTE JOEL SANTAELLA; y en consecuencia se fija a las once de la mañana (11:00 a.m.) del décimo (10°) día hábil siguiente al presente auto, el acto de la Audiencia Oral en la presente Causa.

Regístrese, diarícese, déjese copia y notifíquese a las partes.

LA JUEZ PRESIDENTE,


RITA HERNANDEZ TINEO
(ponente)

LAS JUECES INTEGRANTES


ALEGRIA LILIAN BELILTY BENGUIGUI WENDI SAEZ RAMIREZ


LA SECRETARIA


CLAUDIA MADARIAGA SANZ.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA


CLAUDIA MADARIAGA SANZ.

RHT/ALBB/WSR/cms/pm.-
EXP N° 10As 1839-06.