REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION NRO. 7 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS



Caracas, 26 de Junio del 2006.-
196° y 147°


Visto que a los folios (105) al (107) de la cuarta pieza del presente expediente, cursa Informe para optar a al Supervisión Especial, suscrito por el Consejo de Evaluación del Centro de tratamiento Comunitario “Dr. FRANCISCO CANESTRI”, mediante el cual emiten opinión FAVORABLE del residente GARCIA PINO VICTOR RAMON, titular de la Cedula de Identidad N° V-11.741.945; para el otorgamiento de un PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL, en virtud de que el mismo cumple con los requisitos contemplados en el artículo 43 del Reglamento Interno que rige a los Centros de Tratamiento Comunitarios, este Tribunal acuerda dicha solicitud.- Y ASI SE DECLARA.-

En consecuencia de acuerdo al artículo 42 del Reglamento Interno de los Centros Comunitarios el residente deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

A) Pernoctar en el domicilio de su apoyo familiar.-

B) Debe asistir a las Asambleas de Residentes.-

C) Debe asistir a las entrevistas con su Delegado de Prueba, en el día y la hora que este determine.-

D) Debe cumplir con todas las obligaciones impuestas en el Régimen Abierto.-









DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; CONCEDE PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL, al penado GARCIA PINO VICTOR RAMON, titular de la Cedula de Identidad N° V-11.741.945; todo de conformidad con lo establecido en el artículo en los artículos 42 y 43 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario.-

Regístrese y diarícese la presente decisión.- Notifíquese lo pertinente a la Coordinación Regional de Tratamiento No Institucional y al Delegado de Prueba y por último librese la correspondiente Boleta de Citación a nombre del mencionado penado a los fines de Imponerlo de la presente Decisión.- CUMPLASE.-
EL JUEZ,

Dr. JOSE GREGORIO MENA

LA SECRETARIA,

Abg. ANGELA REYES

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-

LA SECRETARIA,

Abg. ANGELA REYES.




Exp. N° 1083-02
JGM/omp.-