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 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, dieciséis de junio de dos mil seis
 196º y 147º
 ACTA
 Nº DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-001172
 PARTE ACTORA: JOSÉ DEGNIS RANGEL ANGARITA
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITÓ
 PARTE DEMANDADA: 5 Y MEDIA, C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RAUL QUIÑONEZ Y OTROS
 MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO
 
 En el día hábil de hoy dieciséis(16)  de junio de dos mil seis, (2.006) siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada 5IMEDIA, C.A; , debidamente representada por  RAUL QUIÑONE, inscrito en el IPSA bajo el Nº 90.711, quien consigna copia de instrumento poder que acredita su representación, el cual se ordena agregar a los autos; Asimismo  se deja expresa constancia de que la parte actora JOSÉ DEGNIS RANGEL ANGARITA no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE  REGISTRESE Y DEJESE COPIA LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
 La Jueza
 
 Abg. Vilma Leal.
 
 El Apoderado Judicial de la Parte Demandada.
 
 
 La Secretaria.
 
 Abg. Ibraisa Plasencia.
 
 
 Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado previa las formalidades de Ley.
 
 
 La Secretaria.
 
 Abg. Ibraisa Plasencia.
 
 
 
 
 
 
 “2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
 
 
 
 
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