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Hoy,   21  de junio de 2006, siendo las 3:00 p.m.,  día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia  Preliminar, comparecieron a la misma  los abogados CARLOS JOSÉ VON BUREN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.-  2.616, en su carácter de apoderado judicial de la parte  actora  y  ADOLFO MONTENEGRO,  inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.-  18.852,  en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ; quienes  han llegado a un acuerdo en los términos siguientes: En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte  demandada y expone:  A los fines de dar por terminado el presente procedimiento, en nombre de mí representado ofrezco pagar como cantidad total por los conceptos demandados TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.000,00). Dicha cantidad al ser recibida por el trabajador demandante a su cabal y entera satisfacción origina que no tenga nada que reclamarle a mí representado por conceptos derivados de la relación laboral que los vinculó, la cual será cancelada  el día  lunes,  veintiséis (26) de junio de 2006, mediante cheque de Gerencia, a nombre del ciudadano Oscar Blanco, en la sede  de los Tribunales Laborales,  es  todo. En este estado toma  la palabra el apoderado judicial de la parte actora, quien se encuentra presente en este acto y expone: Acepta en toda y cada una de sus partes la oferta que en este acto se hace, en los términos expuestos, es todo. Ambas partes solicitan  al Tribunal se sirva conferirle al presente acuerdo la autoridad de cosa juzgada al homologarla; y asimismo manifiestan que cada una de ellas asumirán los gastos de sus apoderados judiciales.  Este  Juzgado vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133  de la Ley  Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se hace entrega en este acto  a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar
 
 
 La  Juez
 
 El  Secretario
 Nereida Hernández González
 
 
 ISRAEL ORTIZ QUEVEDO
 PARTE ACTORA Y SU APODERADO JUDICIAL
 
 
 APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE  DEMANDADA
 
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