REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de junio de dos mil seis (2006)
196º y 147º

ASUNTO: AP21-L-2005-002362

Visto el escrito transaccional presentado en fecha veinte (20) de junio del presente año, por la ciudadana MARIA JUANA DURAN HERNANDEZ, en su carácter de demandante debidamente representado por la abogada DEYARLH GIL LOPEZ y la abogada JUDITH CARMEN CORNEJO DUGARTE apoderada judicial de la empresa demandada, mediante el cual solicitan la homologación del mismo; este Juzgado en vista de que la mediación ha sido positiva, y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Se ordena la devolución de los escritos de pruebas y anexos consignados por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar. Asimismo se ordenará el cierre y archivo del presente expediente. Archívese.
El Juez

Abg. Franklin Porras Mendoza


La secretaria

Abg. Gleiber Meza

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”