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ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2005-001176
 PARTE ACTORA: GUILLERMO PENAGOS BERMUDEZ.
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COSNTITUYO.-
 PARTE DEMANDADA:  RESTAURANT FLOR DE ALTAMIRA
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS OSWALDO MARQUEZ BARROSO y otros.-
 MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
 
 En el día hábil de hoy veintiuno (21) de junio de dos mil seis (2006), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia del abogado LUIS OSWALDO MARQUEZ BARROSO, inscrito en el IPSA bajo el N° 58.738, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada según se desprende de instrumento poder que presenta en original para su confrontación a la vista y en copia para ser insertado al expediente, en este estado se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la presente Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
 
 El Juez
 
 Abog. Aníbal F. Abreu Portillo
 
 El Secretario
 
 Abog. Dioni Morales
 
 
 El apoderado de la parte demandada:
 
 
 “2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
 
 
 
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