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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
 Sala de juicio N° VII.-
 
 Caracas, 19 de Junio de 2006
 196º y 147º
 
 ASUNTO:  AP51-S-2006-010850
 
 Vista la solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el ciudadano JAIRO ANDRES GUTIERREZ PINZON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.783.495, debidamente asistida por la profesional en derecho MARIA AUXILIADORA GONZALEZ, e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 16.838 y, vista de igual manera la aceptación de la ciudadana GONZALEZ MILANES MARISOL, venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.827.710, al cargo propuesto, es por lo que esta Sala de Juicio del Circuito Judicial conforme a lo dispuesto en el artículo 110 del Código Civil le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc a la ciudadana GONZALEZ MILANES MARISOL, anteriormente identificada, en beneficio de la adolescente y al  niño, de doce (12) y de seis (06) años de edad. Se insta a la parte solicitante a fin de que consigne los fotostátos a certificar.-
 LA JUEZ
 
 
 AIMAR VALENCIA RIZO
 
 EL SECRETARIO
 
 
 MARTIN JIMENEZ MUJICA
 
 AVR/JasminC.-
 
 
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