| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Sala de Juicio, Juez Unipersonal N°. 7
 Caracas, 22 de Junio de 2006
 196º y 147º
 ASUNTO :  AP51-S-2006-000342
 
 Vistas las actas procesales que conforman la presente Autorización para Vender,  incoada por la ciudadana ZORAIDA DEL CARMEN CALDERON DE GODOY, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 4.257.832, a favor de su hija la Adolescente ……………, de quince (15) años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.532.350, y por cuanto se puede evidenciar la opinión favorable de la adolescente arriba mencionado, requisitos estos indispensables para la solicitud que aquí se ventila, cumpliéndose así los exigencias establecidas en nuestra Legislación, esta Sala de Juicio N° 7 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Area Metropolitana de Caracas con la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil, AUTORIZA suficientemente a la ciudadana ZORAIDA DEL CARMEN CALDERON DE GODOY, antes identificada para que en nombre y representación de su hija la Adolescente …………., anteriormente identificada, venda la cuota parte que le corresponde del vehículo de las siguientes características: Marca: Chevrolet; Modelo: Lumina; Año: 1997; Color: Blanco; Clase: Automóvil; Serial Motor: 8VV333636; Serial Carrocería: Z1WW52M8VV333636; Placa: ABD41T; Certificado de Registro de Propiedad del vehículo N°. 657970 de fecha 20-11-97, emitido por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones. Asimismo se ordena que una vez realizada dicha operación, consigne por ante la Unidad de Recepción Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, en un plazo de sesenta días, las resultas de la misma. Cúmplase.-
 La Juez
 El Secretario
 ABG. AIMAR VALENCIA RIZO
 ABG. MARTÍN JIMÉNEZ MUJICA
 AVR/MJM/Gladys.-
 
 |