REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA UNDÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal N° 11
Caracas, 29 de junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-010302
Vista la solicitud de Titulo de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana AIDA ALTAGRACIA RAMOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-15.837.240, debidamente asistida por los Abogados GUILLERMO CASTILLO CABRERA y MARTINA TORRES LOPENZA inscritos en el Inpreabogado bajos los Nos. 68.176 y 32.454, promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanas MARTA ESTELA MARTINEZ DE PRADO y YOSELIN PAREDES VALDEZ venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-10.394.389 y V-17.302.712, respectivamente y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, ésta Sala de Juicio a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declara las presentes actuaciones Titulo de Únicos y Universales Herederos del De Cujus VICTOR MANUEL SIRI RAMOS, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-16.431.224, a su hija, de dieciséis (16), respectivamente, de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren necesarias con inserción del presente auto.-
LA JUEZ
ENOÉ MARGARITA. CARRILLO CASTELLANOS.
LA SECRETARIAACC,
DAYANA ESTABA
EMCC/DE/felicia