REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial de Protección del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 8 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO : AP51-V-2006-009632
Visto el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos LUIS EDUARDO SORIANO ALARCON y YOHANA KARINA DURAN SALAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V.-13.483.673 y V.-16.342.771, respectivamente, en fecha 18 de Mayo de 2006, ante la Fiscalía Nonagésima Tercera (93) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a cargo de la abogado GLORIA GONZALEZ MARIN, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 70.414 en relación a la REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA a favor del niño cuyo nombre se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos, condiciones y fines por ellos expuestos, de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por Secretaria copias certificadas del acta y del presente auto a las partes interesadas para lo efectos legales consiguientes, previa consignación de los fotostatos correspondientes Cúmplase.-
La Juez
La Secretaria
Sara E. Guardia Soto
Alicia Guzmán Vidal
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