JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas,
Año 196° y 147°
Vista la anterior solicitud referida a la Rectificación de Acta de Matrimonio, désele entrada, curso legal y anótese en el libro respectivo. El abogado Dr. DANIEL RAMOS, en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.551 y, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CONCETTA DI MARTINO DE RIZZO, titular de la cédula de identidad N° 5.566.362, solicitó la Rectificación de su Acta de Matrimonio Nº 25, expedida por ante el Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, del año 1982. El error denunciado consiste en que al momento de transcribir el nombre de la solicitante se indicó en primer lugar el apellido materno como RUSITTI, lo cual es incorrecto, ya que su apellido legítimo y verdadero es RUSCITTI, es decir, se omitió la letra “”C“. En segundo lugar se incurrió en otro error al omitir la palabra “DI” que viene antepuesta en el apellido paterno, pues el apellido completo es “DI MARTINO”, y no solamente MARTINO, como aparece asentado en el acta de matrimonio. Para fines legales probatorios se consignó en copias fotostáticas, entre otros:
- Partida de Nacimiento del solicitante.
- Acta de Matrimonio del solicitante.
- Fotocopia de la Cédula de Identidad.
Ahora bien, probado como ha sido lo alegado por el solicitante y en vista de la omisión del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación de Actas del Estado Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada. En consecuencia, se ordena en forma sumaria al Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, a fin de que se sirvan estampar la nota marginal correspondiente, y donde se indicó el nombre de la solicitante como “CONCETTA MARTINO RUSITTI”, deberá decir “CONCETTA DI MARTINO RUSCITTI” que es lo correcto. ASI SE DECIDE.
Expídase por secretaría copia certificada de la anterior solicitud y del presente auto y junto con oficios remítase a las autoridades legales correspondientes. Cúmplase.
EL JUEZ
LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ
LA SECRETARIA ACC,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ

En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 9:00 a.m.
LA SECRETARIA ACC.
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ

Exp. N° F06.3951.-
LRHG/MGHR/Katherine./