REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 22 de junio del año 2006.-
Años: 196° y 147°
Vista la anterior solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento procedente del Juzgado Distribuidor de turno, presentada por la ciudadana CABEZA DE GOMEZ HILDA BELEN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°.- V-267.090, asistida en este acto por la ciudadana OCTAVIO ENRIQUE MONQUE BALLESTEROS abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.899. En la cual solicita de este Juzgado se proceda a la rectificación del Acta de Matrimonio signada con el N° 309 de fecha 10 de diciembre de 1949, la cual fue levantada ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia del Municipio Libertador del Distrito Capital, en los Libros correspondientes al año 1949, de los ciudadanos CABEZA DE GOMEZ HILDA BELEN y JOSE HECTOR GOMEZ en la cual alega que se incurrió en un (01) error material al asentar en el nombre de su conyugue. En ella colocó “HECTOR GOMEZ” siendo esto INCORRECTO, por cuanto lo CORRECTO es: “JOSE HECTOR GOMEZ” - Asimismo vistos los recaudos acompañados a la misma, anótese en el libro respectivo, y cuanto no es contraria al orden público y a las buenas costumbres este Tribunal la Admite cuanto a lugar en derecho.- En consecuencia según se evidencia de la revisión de los recaudos consignados, tales como Copia Certificada de la partida de nacimiento; probado como ha sido lo alegado y en vista que la solicitud presentada no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta de Matrimonio, este Juzgado en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Decreta Tramitar la presente solicitud en forma sumaria, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO intentada por la ciudadana CABEZA DE GOMEZ HILDA BELEN, en los siguientes términos: donde dice: “...HECTOR GOMEZ...” debe decir: “JOSE HECTOR GOMEZ” .- En consecuencia se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital a los fines de que estampen la Nota Marginal correspondiente en el Libro respectivo.- Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA.-
EL SECRETARIA TITULAR,
LEOXELYS VENTURINI.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA TITULAR,
EXP: 063073
AMCdM/LV/carmen
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